Saylí Navarro. Foto Facebook / Félix Navarro.
Por ICLEP
May 13, 2026 | 12:40 PM
Matanzas, Cuba — 13/05/2026. El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 4 de mayo en la prisión de mujeres La Bellotex, en la provincia de Matanzas, que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Saylí Navarro, presa política y Dama de Blanco, actualmente recluida en la prisión de mujeres La Bellotex, fue objeto de una sanción disciplinaria penitenciaria como represalia por haber transmitido información sobre una agresión física sufrida por su padre, el preso político Félix Navarro, en la prisión Agüica, de Colón, provincia de Matanzas.
Hechos documentados
Según el registro del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El 8 de abril el preso político Félix Navarro, de 72 años, cofundador del Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel y recluso en la prisión Agüica, ubicada en el municipio de Colón, provincia de Matanzas, fue objeto de una agresión física por parte de Yoslen Pedroso, identificado como jefe de Orden Interior de dicho penal. Según la denuncia, Pedroso propinó golpes a Félix Navarro que dejaron marcas visibles en su cara y cuerpo, además de haberle infligido tratos degradantes.
Tras una visita intercarcelaria a su padre, Saylí Navarro relató los hechos en una llamada telefónica a Iván Hernández Carrillo, amigo de la familia, a través de quien trascendió la información públicamente.
El 4 de mayo, Saylí Navarro fue convocada a la dirección de la prisión La Bellotex, donde le comunicaron que le habían aplicado una medida disciplinaria como represalia directa por haber divulgado la noticia de la agresión cometida contra su padre. La sanción consistió en la reducción de los beneficios penitenciarios correspondientes a la rebaja de condena por buen comportamiento: en lugar de otorgársele la rebaja de 60 días a la que tendría derecho, solo se le reconocerá un mes, negándosele los dos meses completos. La denuncia fue transmitida por Sonia Álvarez Campillo en declaraciones al medio Martí Noticias.
En varias ocasiones anteriores las autoridades de La Bellotex han denegado a Saylí Navarro el acceso a un régimen de mínima severidad, por sus posturas políticas dentro del penal y sus constantes denuncias.
Saylí Navarro cumple una condena de ocho años de privación de libertad, y Félix Navarro, nueve años. Ambos fueron sentenciados en relación con su participación en las protestas populares del 11 de julio de 2021. Recientemente, tras un encuentro con el Obispo Auxiliar de La Habana y Presidente de la Pastoral Penitenciaria Nacional, Eloy Ricardo Domínguez Martínez, padre e hija rechazaron el exilio forzado y se negaron a abandonar el país.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso (Indicadores ICLEP)
El ICLEP clasifica este hecho como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo los siguientes indicadores, aplicados de forma diferenciada a cada víctima:
Saylí Navarro
Uso abusivo del poder estatal. Las autoridades penitenciarias instrumentalizaron el mecanismo de rebaja de condena para sancionar un acto de expresión legítima al denunciar la golpiza que sufrió su padre en prisión. Subindicadores aplicables: sanciones administrativas; violaciones de derechos penitenciarios o bajo custodia.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 54: Garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La sanción impuesta a Saylí Navarro por haber comunicado una denuncia sobre la agresión sufrida por su padre constituye una represalia explícita contra el ejercicio de este derecho.
Artículo 60: Establece que el Estado garantizará el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad y el cumplimiento de las normas de tratamiento penitenciario. La sanción disciplinaria contra Saylí Navarro contradicen esta garantía.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19: Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, incluido el de difundir informaciones. La sanción impuesta a Saylí Navarro por transmitir la noticia de la agresión contra su padre vulnera este derecho en su dimensión más esencial: la denuncia pública de abusos cometidos por el Estado.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19.2: Protege la libertad de expresión, incluida la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones. La sanción penitenciaria impuesta a Saylí Navarro por haber comunicado una denuncia vulnera este derecho sin que medie ninguna de las restricciones legítimas previstas en el artículo 19.3 del mismo Pacto.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano que
- cese de forma inmediata toda represalia contra Saylí Navarro derivada del ejercicio de su derecho a la expresión y a la denuncia;
- revoque la sanción disciplinaria impuesta el 4 de mayo de 2026 y restituya íntegramente los beneficios penitenciarios que le corresponden conforme a la ley;
- garantice la integridad física y psicológica de Félix Navarro e inicie una investigación efectiva e imparcial sobre la agresión perpetrada por Yoslen Pedroso en la prisión Agüica el 8 de abril de 2026;
- adopte medidas para asegurar que ninguna persona privada de libertad sea castigada por comunicar denuncias sobre su situación o la de sus familiares;
- ponga fin a la práctica de negar beneficios penitenciarios como represalia por el rechazo al adoctrinamiento ideológico.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
Canales oficiales del ICLEP
Web: https://iclep.org/
Redes Sociales: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/
Email: observatorio@iclep.org