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Suspensión arbitraria de cuentas en redes sociales a expresa política camagüeyana Nara Yak

Nara Yak. Captura tomada de su Instagram.

Por ICLEP

May 13, 2026 | 9:55 AM


Camagüey, Cuba — 13/05/2026. El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente un nuevo hecho represivo que se registra el 7 de abril, fecha de la denuncia, ocurrido en el entorno digital y que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Reina "Nara Yak", ciudadana, expresa política de las protestas del 11 de julio de 2021, fue objeto de la suspensión y eliminación de sus cuentas en Facebook e Instagram, como represalia por expresarse en redes sociales sobre la realidad de su provincia y compartir testimonios de su experiencia como presa política.

 

Hechos documentados

Según el registro del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP, la propia víctima denunció públicamente, mediante video difundido el 7 de abril los siguientes hechos:

Reina "Nara Yak", expresa política del 11 de julio, comenzó semanas antes de la denuncia a publicar videos en su perfil de Facebook en los que documentaba la situación actual de la provincia de Camagüey, así como relatos personales sobre su experiencia durante el tiempo que permaneció encarcelada. En una primera fase, los contenidos tuvieron un alcance limitado, con aproximadamente mil visualizaciones y treinta interacciones por publicación. Cuando su audiencia creció de manera significativa —alcanzando más de doscientas mil visualizaciones, cerca de un millón de visitas a su perfil y miles de nuevos seguidores—, un grupo de usuarios procedió a denunciar masiva y coordinadamente su perfil ante la plataforma.

Como resultado de esas denuncias, Facebook eliminó su cuenta. Al estar su cuenta de Instagram vinculada a la de Facebook, esta también fue eliminada de forma simultánea. Nara indicó que agotó los mecanismos disponibles para recuperar sus cuentas, incluido el plazo establecido por la plataforma para ello, sin recibir ninguna notificación de respuesta, lo que llevó a concluir que ambas cuentas dejaron de existir de forma definitiva.

En el video de denuncia, la afectada atribuye la acción coordinada de denuncias a simpatizantes del régimen cubano, quienes habrían actuado de manera organizada una vez que su contenido comenzó a alcanzar visibilidad masiva.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

El ICLEP clasifica este hecho como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo el indicador:

Restricciones en el espacio digital

Suspensión y/o cierre arbitrario de cuentas de redes sociales: la eliminación de los perfiles de Facebook e Instagram de Reina "Nara Yak" se produjo como consecuencia de una campaña coordinada de denuncias masivas ante las plataformas, atribuida a sectores afines al gobierno cubano, con el propósito deliberado de silenciar su voz en el espacio digital. El resultado fue la pérdida total e irreversible de su presencia en dichas plataformas, incluido el alcance acumulado de su audiencia.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 54: Reconoce a todas las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La eliminación coordinada de las cuentas de Reina "Nara Yak" mediante denuncias masivas, con el fin de silenciar sus opiniones y su testimonio sobre la realidad cubana, constituye un ataque directo a este derecho, al negarle el acceso al principal canal por el que ejercía su libertad de expresión en el espacio digital.

Artículo 53: Garantiza el derecho a difundir información veraz, objetiva y oportuna. Los videos publicados por la afectada constituían un ejercicio de este derecho al documentar realidades de su provincia y de su experiencia como presa política; su eliminación lo obstaculizó de modo efectivo e irreversible.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, lo que incluye el derecho a no ser molestado a causa de sus opiniones y a difundirlas por cualquier medio. La supresión deliberada de los canales digitales de la víctima, mediante una campaña de denuncias coordinadas orientada a activar los mecanismos de moderación de las plataformas, constituye una restricción de facto al ejercicio de este derecho, al privarla del medio por el que comunicaba sus ideas y testimonios a una audiencia en crecimiento.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 19: Garantiza la libertad de expresión e información a través de cualquier medio. El PIDCP establece que toda restricción a este derecho debe estar prevista en la ley, ser necesaria y proporcional. La eliminación de las cuentas de la víctima mediante el abuso coordinado de herramientas de reporte de plataformas no satisface ninguno de estos requisitos: no fue ordenada por autoridad competente, no respondió a criterios de necesidad o proporcionalidad, y tuvo como único propósito verificable acallar una voz disidente.

 

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano que

- cese de manera inmediata toda acción directa o indirecta dirigida a silenciar las voces de expresas y expresos políticos en el espacio digital;

- investigue y deslinde responsabilidades respecto a la campaña coordinada de denuncias que resultó en la eliminación de las cuentas de Reina "Nara Yak"; y

- garantice las condiciones para que quienes ejercen su libertad de expresión en redes sociales puedan hacerlo sin represalias de ningún tipo.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

Web: https://iclep.org/

Redes Sociales: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/

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Email: observatorio@iclep.org

 

 

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