Madrid, España — 18/10/2026. Magdiel Jorge Castro, periodista y activista cubano exiliado, fue intimidado el 2 de octubre en el consulado cubano en Madrid, cuando un funcionario que no se identificó le exhibió una carpeta con publicaciones suyas en redes sociales impresas antes de entregarle su pasaporte.
En una visita anterior, el 29 de mayo, ese mismo funcionario presenció el encuentro en el que lo apartaron de los demás solicitantes para repetirle de palabra datos personales y familiares que ya había entregado por escrito, y al salir fue fotografiado sin su consentimiento.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.
Hechos documentados
Los hechos se reconstruyen a partir del testimonio que Magdiel Jorge Castro publicó en su blog el 3 de octubre y de la correspondencia consular que reproduce.
El 2 de octubre, el periodista acudió al Consulado General de Cuba en Madrid, citado para recoger su pasaporte renovado. Tras unos quince minutos de espera en una oficina, se presentó un hombre que no se identificó, con el pasaporte y una carpeta. Antes de entregarle el documento, le preguntó por qué había insistido tanto y atribuyó la demora al embargo de Estados Unidos. Luego abrió la carpeta y le mostró publicaciones suyas de redes sociales impresas, entre ellas la fotografía de una cazuela abollada utilizada en un cacerolazo en La Habana. El periodista se negó a discutir sus publicaciones, y el pasaporte le fue entregado.
Ese hombre ya había estado presente en la visita anterior del periodista al consulado, el 29 de mayo, cuando acudió para la captura de sus datos biométricos. Ese día, funcionarios consulares lo apartaron de los demás solicitantes y lo condujeron a una oficina, donde lo recibió el cónsul Sigfredo Calzadilla Navarro, acompañado durante buena parte del encuentro por el hombre que no dijo su nombre ni su función. Le preguntaron por su fecha y lugar de nacimiento, su salida de Cuba, su residencia, su teléfono, su profesión, sus estudios, su trabajo anterior, sus últimos domicilios y sus personas de referencia, incluidos los datos de su madre en Cuba, información que ya había entregado por escrito. Al salir, advirtió que otra persona lo fotografiaba sin su autorización; ante su protesta, le respondieron que podían hacerlo porque era una persona pública.
Ambas visitas formaron parte de la renovación de su pasaporte, gestionada inicialmente a través del Consulado General de Cuba en Barcelona. El 14 de abril, ese consulado le respondió por escrito que su atención se coordinaría con Madrid y que el pasaporte se expediría dentro de los diez días siguientes a la captura biométrica. El 29 de mayo, en Madrid, se le comunicó de palabra un plazo de dos a tres meses. Según el afectado, no recibió el aviso prometido, por lo que escribió al consulado el 28 de agosto y el 7 de septiembre. El 23 de septiembre, la cuenta consular «Cónsul 3» le respondió que aún no tenían su pasaporte y lo citó para el 2 de octubre. Estos intercambios constan en los correos que el afectado reproduce.
Magdiel Jorge Castro salió de Cuba el 22 de octubre de 2019, fue expulsado de Bolivia en diciembre de 2022 y reside en Madrid. Fue coordinador de la plataforma Archipiélago y, en marzo de 2024, fue objeto de amenazas difundidas en redes sociales.
A consideración del OCLE, estos hechos vulneran la libertad de prensa porque funcionarios del Estado cubano reunieron e imprimieron la actividad pública de un periodista y se la exhibieron en el momento en que dependía de ellos para obtener su documento de identidad. Con ello se le hizo saber que sus publicaciones son objeto de seguimiento y pueden invocarse en su contra en cualquier gestión ante el Estado. El trato diferenciado que recibió en la visita del 29 de mayo, en presencia del mismo hombre no identificado, y la fotografía tomada sin su consentimiento refuerzan ese mensaje. El resultado es un costo por informar y opinar, con un efecto disuasorio que alcanza a quienes ejercen el periodismo desde el exilio.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de análisis y clasificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso
Según la investigación realizada por OCLE este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de prensa bajo el indicador:
Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas
El 2 de octubre, un funcionario no identificado del Consulado General de Cuba en Madrid exhibió a Magdiel Jorge Castro sus publicaciones de redes sociales impresas antes de entregarle el pasaporte, lo que le comunicó que su actividad periodística es objeto de seguimiento por el Estado cubano en el momento en que dependía de este para obtener su documento de identidad.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano, que en este caso se proyecta más allá del territorio nacional.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 55. Reconoce la libertad de prensa. Se vulnera porque el 2 de octubre la actividad pública de un periodista fue reunida, impresa y confrontada en sede oficial antes de entregarle su documento de identidad, lo que proyecta sobre su labor informativa un efecto disuasorio.
Declaración Universal de Derechos Humanos:
Artículo 19. Consagra la libertad de opinión y de expresión, incluido el derecho a no ser molestado a causa de las propias opiniones. Se vulnera porque el afectado fue confrontado con sus publicaciones en una sede oficial, mientras su pasaporte estaba en manos del funcionario.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19 (párrafos 1, 2 y 3). Dispone que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones, protege la libertad de difundir informaciones sin consideración de fronteras y solo admite restricciones previstas por ley y necesarias. Se vulnera porque la exhibición de sus publicaciones por un funcionario no identificado constituyó una forma de presión sobre su labor informativa, sin fundamento legal invocado, ejercida además fuera del territorio cubano.
Al confrontar al periodista Magdiel Jorge Castro con sus publicaciones impresas antes de entregarle su pasaporte en el Consulado General de Cuba en Madrid, por medio de un funcionario que no se identificó y que ya había presenciado su visita anterior a esa sede, el Estado cubano utilizó una función consular, que debería limitarse a acreditar la identidad de sus ciudadanos, como instrumento de seguimiento y presión sobre quien ejerce el periodismo desde el exilio. Esta conducta carece de finalidad legítima vinculada al trámite y genera un efecto disuasorio sobre la difusión de informaciones y opiniones. Por ello constituye una violación por parte del Estado cubano de la libertad de prensa reconocida en el orden constitucional cubano y en el derecho internacional de los derechos humanos, cuya protección no se detiene en las fronteras del territorio nacional.
Llamado del OCLE
que cese el seguimiento y la recopilación de las publicaciones de periodistas y ciudadanos cubanos en el exterior;
que identifique al funcionario que participó sin presentarse en ambas visitas del periodista Magdiel Jorge Castro al Consulado General en Madrid y precise su función;
que informe sobre el destino de las fotografías tomadas sin consentimiento y del expediente con sus publicaciones, y proceda a su eliminación;
que se abstenga de utilizar los datos familiares obtenidos durante el trámite para cualquier fin ajeno a la expedición del documento;
y que garantice que los trámites consulares no se condicionen a la actividad informativa de los solicitantes ni se realicen en presencia de funcionarios que no se identifiquen.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
den seguimiento a este caso,
exijan responsabilidades al Estado cubano, y
refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
Canales oficiales del ICLEP
Email: observatorio@iclep.org
Web: https://iclep.org/
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