Sancti Spíritus, Cuba —30/08/2026. Las autoridades penitenciarias niegan visita a preso político Walnier Luis Aguilar Rivera en centro penitenciario de la provincia de Sancti Spíritus donde permanece recluido, tras exigir a sus familiares una coordinación previa con la Seguridad del Estado que no había sido formalizada, pese a que estos recorrieron cinco provincias para llegar hasta el penal.

La familia de Walnier debió viajar más de veinticuatro horas sin dormir, cocinar con carbón ante la falta de electricidad y rentar un vehículo para completar el recorrido hasta el penal, donde denunció además haber presenciado que otras personas sí lograron ingresar a visitar a reclusos de destacamentos distintos. Con este hecho se prolonga a 44 días la restricción del contacto familiar con él.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

Según la denuncia pública de Wilber Aguilar, padre del preso político del 11J Walnier Luis Aguilar Rivera, la familia llegó al centro penitenciario en la provincia de Sancti Spíritus alrededor de las siete de la mañana y esperó hasta las once, cuando el personal del penal les informó que la visita "no había sido programada" y que debían coordinarla previamente con la Seguridad del Estado del lugar. El viaje hasta el penal implicó recorrer cinco provincias, más de veinticuatro horas sin dormir, la preparación de alimentos con carbón por falta de electricidad y la renta de vehículo para completar el trayecto en medio de una crisis de combustible y transporte sin precedente.

Wilber Aguilar denunció además un trato desigual: según su testimonio, otras personas lograron ingresar a visitar a reclusos de destacamentos distintos al de su hijo, mientras a su familia se le impidió el acceso; y afirmó que la orden de impedir la visita provendría de La Habana. 

Con este hecho, la familia acumula 44 días sin poder ver a Walnier, quien —según relató su padre a través de una familiar— pidió que no se preocuparan por gestiones materiales y expresó su deseo de abrazar a sus hijas y a sus padres.

La negación arbitraria de la visita, condicionada a una coordinación previa no formalizada con la Seguridad del Estado, y la consecuente prolongación del aislamiento familiar de Walnier constituyen un uso instrumental del régimen penitenciario para mantener a un preso político en desprotección informativa y afectiva, lo cual vulnera su derecho —y el de su familia— a la vida privada y familiar, y afecta su capacidad de mantener canales de comunicación con el exterior, elemento sustantivo del ejercicio de la libertad de expresión.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de clasificación y verificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso

Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación a la libertad de expresión bajo el indicador:

Uso abusivo del poder estatal: las autoridades penitenciarias condicionaron la visita familiar a una coordinación previa no formalizada con la Seguridad del Estado y con ello prolongaron a 44 días la restricción del contacto de Walnier Luis Aguilar Rivera con su familia.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 45. El ejercicio de los derechos y del poder estatal solo puede limitarse conforme a la ley; exigir a una familia una coordinación previa con la Seguridad del Estado no reglamentada carece de fundamento legal definido y excede este principio.

Artículo 48. Reconoce el derecho de las personas a que se respete su intimidad personal y familiar; la negación arbitraria de la visita y la prolongación del aislamiento familiar vulneran directamente este derecho.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su familia; la negación de la visita constituye una injerencia arbitraria en la vida familiar de Walnier y de los suyos.

Artículo 19. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión, incluido el de investigar y difundir información; restringir el contacto familiar de un preso político limita el canal por el cual su situación y sus denuncias llegan al conocimiento público.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 17. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su familia; este estándar vinculante refuerza la protección ya reconocida en el orden constitucional e internacional frente a la negación impuesta.

La negación arbitraria de la visita familiar a un preso político, impuesta mediante una exigencia burocrática sin fundamento legal claro y sostenida durante 44 días, revela un patrón de instrumentalización del aparato penitenciario para aislar y castigar informativamente a quien el Estado cubano mantiene privado de libertad por motivos políticos. Esta conducta del Estado cubano constituye una violación al derecho a la vida privada y familiar y a la posibilidad de mantener canales legítimos de comunicación con el exterior, y forma parte del patrón represivo que el OCLE documenta de manera sistemática contra quienes ejercen o representan la disidencia política en Cuba.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano que garantice de inmediato el derecho de Walnier Luis Aguilar Rivera a recibir visitas familiares regulares, sin condicionamientos administrativos arbitrarios ni exigencias de coordinación no reguladas por ley; que cese la instrumentalización del régimen de visitas como mecanismo de presión contra presos políticos y sus familias; y que garantice un trato igualitario y transparente a todas las familias que acuden a los centros penitenciarios del país.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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