Camagüey, Cuba — 28/08/2026. Yosvany Sepúlveda Martínez, activista y expreso político, fue objeto de una nueva detención arbitraria en la provincia de Camagüey, luego de que agentes de la Seguridad del Estado lo acusaran de realizar grafitis contra el Gobierno.

Hasta el momento se desconoce el lugar donde permanece detenido Sepúlveda Martínez, así como el estado formal del proceso abierto en su contra, lo que agrava el riesgo para su integridad y su situación de indefensión jurídica.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

Según información difundida en redes sociales y recogida por Cubalex, Yosvany Sepúlveda Martínez fue detenido nuevamente en la provincia de Camagüey. Las autoridades lo acusan de realizar grafitis contra el Gobierno, sin que hasta el momento se conozca su paradero, el centro donde permanece recluido ni su situación jurídica formal. Tampoco se reporta orden judicial que respalde la detención ni notificación oficial a la familia sobre los motivos o el lugar de reclusión.

Sepúlveda Martínez fue excarcelado en febrero de 2025 bajo libertad condicional, en medio de las negociaciones entre el gobierno cubano y el Vaticano, tras haber cumplido parte de una condena de cuatro años y ocho meses de privación de libertad impuesta en 2022 por los delitos de desacato y atentado.

Los hechos descritos constituyen una violación a la libertad de expresión: la privación de libertad de un activista identificado públicamente ocurre sin garantías procesales verificables y en un contexto de indefinición jurídica que impide constatar la legalidad de la medida, afectando directamente su capacidad de continuar ejerciendo su activismo.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de clasificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso

Según la investigación realizada por OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo los siguientes indicadores:

Detención arbitraria

Yosvany Sepúlveda Martínez fue detenido nuevamente sin que se reporte orden judicial, justificación legal válida o notificación oportuna de los motivos de su detención.

Uso abusivo del poder estatal

La apertura de una acusación penal en su contra por la presunta realización de grafitis, sin información pública sobre su situación jurídica, evidencia la instrumentalización del aparato legal del Estado para criminalizar el ejercicio de la expresión.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 54. Reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión; el acto por el que se acusa al afectado —la realización de grafitis— constituye una manifestación simbólica de expresión reprimida mediante su detención.

Artículo 95, incisos a) y f). Establece las garantías del proceso penal, incluida la de ser informada la persona sobre la imputación en su contra; el desconocimiento del paradero y de la situación jurídica del afectado contradice directamente estas garantías.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 9. Prohíbe la detención arbitraria; la ausencia de orden judicial o justificación legal verificable en este caso encuadra directamente en esta prohibición.

Artículo 19. Reconoce la libertad de opinión y expresión; el hecho denunciado castiga una manifestación expresiva.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 9. Establece el derecho a no ser sometido a detención arbitraria y a ser informado, sin demora, de los motivos de la detención y de la acusación formulada; el desconocimiento declarado del paradero y de la situación jurídica del afectado vulnera directamente esta disposición.

Artículo 19. Protege la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas; la detención por un acto expresivo afecta el núcleo de este derecho.

La detención de una persona sin orden judicial verificable, sin notificación oportuna de los motivos de la acusación y sin información accesible sobre su paradero o situación jurídica, ejecutada además como represalia por un acto de expresión simbólica, configura una privación arbitraria de la libertad y una instrumentalización del aparato estatal con fines de censura y represalia. Esta conducta del Estado cubano constituye una violación de los derechos a la libertad personal, al debido proceso y a la libertad de expresión, y compromete su responsabilidad bajo los estándares constitucionales e internacionales aplicables.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano la liberación inmediata de Yosvany Sepúlveda Martínez, la divulgación pública de su paradero y de su situación jurídica, el cese del hostigamiento y la persecución en su contra, y la garantía de las condiciones de debido proceso reconocidas en la propia Constitución cubana y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Cuba.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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