Guanajay, Cuba — 19/10/2026. Anthony Martínez, joven activista cristiano, fue amenazado con prisión por agentes de la Seguridad del Estado durante un interrogatorio de alrededor de dos horas y media el 5 de octubre en la unidad conocida como El Técnico, en Guanajay, Artemisa, cuatro días después de encabezar una oración pública a las afueras del tribunal que juzgó en La Habana a la influencer Anna Bensi y a su madre, Caridad Silvente.
Según su testimonio, los agentes le juraron por Dios y por la Biblia que terminaría en la cárcel si insistía en su activismo. Es el tercer interrogatorio conocido al que es sometido en 2026.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
Hechos documentados
El jueves 1ro de octubre, día en que el Tribunal Municipal Popular de La Habana del Este juzgó a Anna Bensi y a Caridad Silvente a dos años de limitación de libertad por difundir en redes sociales imágenes de un policía vestido de civil y en chancletas que les entregó una citación policial, Anthony logró salir de su vivienda sin ser detectado por los agentes que lo vigilaban para impedirle asistir al juicio. Ya fuera del Tribunal, el joven guió una oración a la que se unieron unas 70 personas que llegaron hasta allí a acompañar a ambas mujeres. El acto de fe concluyó con la consigna «¡Hasta que Cuba sea libre!».
El 4 de octubre un oficial se presentó en la vivienda de Anthony y le entregó una citación para el día siguiente, a las 9:00 a. m., en la unidad conocida como El Técnico de Guanajay. Según el testimonio en video que difundió en Facebook mostrando el documento, el oficial no supo explicarle el motivo cuando él le preguntó.
"Me da mucha tristeza en mi corazón el hecho de que a jóvenes cristianos que estamos alzando la voz nos traten como delincuentes. Parece que no fue suficiente el hecho de que, el día en que Anna Bensi y su mamá estaban citadas para este juicio, nos hayan tratado como criminales, como asesinos. Muchos de nuestros hermanos, de nuestros amigos en Cristo, no pudieron asistir a ese juicio, y eso no se lo hacen ni a un asesino. A un asesino le permiten ir a ver a su familia, le permiten estar en el juicio. Da mucha tristeza que en Cuba no tengamos libertad de expresión, que en Cuba no tengamos democracia"; sentenció.
Al día siguiente, el 5 de octubre, Anthony acudió a la unidad acompañado por amigos y fue interrogado durante alrededor de dos horas y media. Al salir, escribió un mensaje en Facebook agradeciendo el apoyo que recibió y alegando amenazas: "No será fácil este proceso, pero solo les diré que aunque tengamos amenazas no es una opción para los hijos de Dios ser cómplice del silencio. La noche no será Eterna; libertad para mi tierra".
En una publicación posterior, Martínez precisó el contenido de esas amenazas. Según su testimonio, durante el interrogatorio en El Técnico de Guanajay, la Seguridad del Estado le juró por Dios y por la Biblia que, si insistía en su activismo, terminaría en prisión. En el mismo post, Anthony cuestionó que se utilizara el nombre de Dios para intimidarlo y negó la posibilidad de renunciar a lo que cree justo: "Yo no soy perfecto, pero hay algo que tengo claro: el nombre de Dios merece respeto y no debería utilizarse para intimidar a nadie. Tener poder no significa tener la razón, y llevar un uniforme no coloca a nadie por encima de la justicia de Dios. No escribo esto por odio ni por venganza. Cada cual tendrá que responder por sus actos delante del Señor. Yo seguiré defendiendo lo que creo, sin desearle el mal a nadie".
El OCLE documentó en septiembre un interrogatorio anterior a Anthony Martínez a raíz de su participación en el evento Noches Americanas, organizado por la Embajada de Estados Unidos en La Habana. En esa ocasión, los oficiales le advirtieron que no podía volver a reunirse con representantes estadounidenses y le presentaron un acta de advertencia que se negó a firmar. Previamente, el OCLE registró que agentes de la Seguridad del Estado lo citaron sin orden escrita y lo interrogaron el 10 de junio en represalia por sus opiniones públicas sobre la situación política y social del país.
Los hechos reportados el pasado 5 de octubre constituyen una violación a la libertad de expresión porque el Estado cubano utilizó una citación policial sin causa comunicada, y un interrogatorio sin proceso que lo respalde, contra una persona cuya única actuación pública conocida fue orar, opinar y acompañar en solidaridad a dos mujeres procesadas por difundir contenidos en redes sociales. Cuando una citación carece de fundamento legal declarado y sigue de manera inmediata a un acto de expresión pacífica, deja de ser un trámite y se convierte en un instrumento de presión. Ese instrumento castiga lo ya dicho y desalienta la expresión futura del afectado y de quienes lo acompañan.
El caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de clasificación y verificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso
Según la investigación realizada por OCLE este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo el indicador:
Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas
El indicador se activa, en primer lugar, porque Anthony Martínez fue citado mediante un documento entregado por un oficial que no le comunicó la causa, y luego fue interrogado durante alrededor de dos horas y media en El Técnico de Guanajay sin que se conozca proceso penal alguno en su contra. Esa combinación configura un interrogatorio extrajudicial, orientado a someterlo a la presión directa de la autoridad inmediatamente después de su participación en un acto público de oración y solidaridad. En segundo lugar, según el testimonio del afectado, los agentes de la Seguridad del Estado le anunciaron durante ese interrogatorio que terminaría en prisión si continuaba. Se trata de una amenaza directa que condiciona su libertad personal al abandono de su actividad pública. El hecho de que la advertencia se formulara jurando por Dios y por la Biblia acentúa su carácter intimidatorio, porque se dirige contra el núcleo de las convicciones desde las que la víctima se expresa. El propósito es quebrar su voluntad mediante el miedo a la cárcel.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 54. El Estado está obligado a reconocer, respetar y garantizar la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. Esa obligación se incumplió cuando se convocó e interrogó a Anthony Martínez días después de que expresara públicamente sus convicciones y su solidaridad, sin que mediara causa alguna que justificara la actuación policial.
Artículo 56. Este artículo reconoce los derechos de reunión y manifestación con fines lícitos y pacíficos. La citación siguió a la participación del afectado en una reunión pacífica de solidaridad en la vía pública, sin que se haya alegado alteración alguna del orden, por lo que la medida opera como sanción de facto contra el ejercicio de ese derecho.
Declaración Universal de Derechos Humanos:
Artículo 19. Reconoce el derecho de toda persona a no ser molestada a causa de sus opiniones y a difundirlas por cualquier medio. Se vulnera cuando el afectado es sometido a un interrogatorio sin causa comunicada en el que, según su denuncia, se le amenaza con la cárcel por su actividad pública.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19 (párrafos 1, 2 y 3). Protege el derecho a no ser molestado por las opiniones y a difundir ideas, y solo admite restricciones fijadas por la ley y necesarias para un fin legítimo. Se vulnera porque la amenaza de prisión formulada durante el interrogatorio condiciona la libertad del afectado al abandono de su activismo, sin que se haya invocado norma, procedimiento ni fin legítimo que la respalde.
El Estado cubano violó la libertad de expresión de Anthony Martínez al citarlo sin comunicarle la causa, someterlo a un interrogatorio sin respaldo procesal conocido y, según su testimonio, advertirle que terminaría en prisión si persistía en su activismo. La amenaza de privarlo de libertad por ejercer su derecho a opinar y actuar públicamente no responde a ninguna restricción prevista por la ley ni a una necesidad legítima. Su efecto es castigar la expresión ya realizada y disuadir la futura. Esta conducta, que lo priva además de la posibilidad de conocer y controvertir el fundamento de la actuación estatal, es incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado cubano.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano el cese inmediato de las citaciones, los interrogatorios y las amenazas contra Anthony Martínez, y que le informe por escrito del fundamento jurídico de las citaciones de que ha sido objeto en 2026. Exige asimismo que garantice que pueda expresar sus opiniones y convicciones en el espacio público sin represalias, y que se investigue de forma independiente la actuación de los agentes que lo amenazaron con prisión.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
den seguimiento a este caso,
exijan responsabilidades al Estado cubano, y
refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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