La Habana, Cuba — 20/07/2026. La cubana Lumey Guzmán fue citada y detenida arbitrariamente el 7 de julio en La Habana, como represalia por cuestionar en sus redes sociales al gobierno cubano, los apagones y la crisis generalizada en el país, y por llamar a la ciudadanía a expresarse frente a esa crisis.

Según la denuncia difundida por el proyecto Fuera de la Caja, Guzmán ha sido trasladada de manera intermitente entre las unidades policiales de Alamar y Cojímar, en lo que la fuente describe como una táctica deliberada de desorientación y aislamiento, mientras se mantiene en incertidumbre total todo lo relacionado con su situación.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

El 7 de julio, la cubana Lumey Guzmán fue citada para la unidad de la PNR de Alamar y posteriormente detenida por utilizar sus redes sociales para cuestionar al Gobierno cubano, los apagones y la crisis generalizada en el país, y llamar a la ciudadanía a expresarse contra esta situación en el país.

Desde que subió un video a sus redes justo antes de entrar a la unidad no se ha sabido nada de ella. A la fecha de esta alerta, Guzmán permanece privada de libertad sin que las autoridades hayan presentado justificación legal ni información sobre su liberación. 

De acuerdo con la denuncia del proyecto Fuera de la Caja, ha sido trasladada de forma intermitente entre unidades policiales, incluidas las de Alamar y Cojímar, una táctica deliberada de desorientación, aislamiento era mantenerla incomunicada. 

Además, todos los videos de sus denuncias han sido borrados de su perfil en redes.

Los hechos descritos constituyen una violación a la libertad de expresión: Guzmán fue privada de su libertad como represalia directa por ejercer su derecho a opinar y denunciar la crisis del país, sin que mediara orden judicial ni justificación legal, agravada por traslados que dificultan el seguimiento de su situación.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de verificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)

Según la investigación realizada por OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo los indicadores:

Detención arbitraria
Lumey Guzmán permanece privada de libertad desde el 7 de julio sin que se haya presentado justificación legal ni información sobre su liberación.

Uso abusivo del poder estatal
Ha sido trasladada de manera intermitente entre las unidades policiales de Alamar y Cojímar, en lo que la fuente describe como una táctica deliberada de incomunicación y aislamiento. Hasta el momento las autoridades no han presentado una justificación legal sobre su privación de libertad.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

ARTÍCULO 46. Consagra el derecho a la libertad, vulnerado por la privación de libertad de Lumey Guzmán sin orden judicial ni justificación legal presentada por las autoridades.

ARTÍCULO 54. Reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, vulnerada al haberse ejecutado la detención como represalia directa por sus publicaciones críticas en redes sociales.

Declaración Universal de Derechos Humanos

ARTÍCULO 9. Establece que nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado, derecho vulnerado por la detención de Guzmán sin justificación legal ni información sobre su liberación.

ARTÍCULO 19. Reconoce la libertad de opinión y expresión, vulnerada al haber sido detenida como represalia por cuestionar públicamente al Gobierno cubano y la crisis del país.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

ARTÍCULO 9. Reconoce el derecho a la libertad y seguridad personales y prohíbe la detención arbitraria, además del derecho a ser informado de las razones de la detención, vulnerado por la falta de justificación legal y de información sobre la situación de Guzmán.

ARTÍCULO 19. Reconoce el derecho a la libertad de expresión y de buscar y difundir información e ideas, vulnerado por la represalia ejercida contra Guzmán por sus publicaciones en redes sociales.

La privación de libertad de Lumey Guzmán, ejecutada sin justificación legal conocida y motivada por el ejercicio legítimo de su derecho a opinar y denunciar la situación del país, constituye una violación directa a la libertad de expresión por parte del Estado cubano, contraria a los estándares constitucionales e internacionales de derechos humanos aplicables.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano la liberación inmediata e incondicional de Lumey Guzmán, la presentación pública de una justificación legal de su detención o, en su defecto, el cese inmediato de su privación de libertad, así como el fin de los traslados intermitentes entre unidades policiales que agravan su situación de aislamiento.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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