La Habana, Cuba — 28/07/2026. La Policía Nacional Revolucionaria (PNR) detuvo y golpeó a un adolescente de 13 años, identificado como Alex Javier Hernández González, el 22 de julio en la vía que conecta Santiago de las Vegas con el reparto Mulgoba, municipio Boyeros, La Habana, durante un operativo represivo desplegado tras las protestas y cacerolazos registrados en la localidad.

Según el testimonio de la madre del menor, agentes policiales interrumpieron el traslado de Alex Javier al policlínico para la confección del certificado médico de sus lesiones, alegando que faltaba una firma en el documento, mientras intentaban atribuir los golpes recibidos a los propios manifestantes; versión que el menor desmintió al señalar a cuatro agentes uniformados como responsables directos de la agresión.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

De acuerdo con el testimonio de la madre de Alex Javier Hernández González, divulgado en redes sociales por Mandy Caos, el adolescente caminaba por la vía que conecta Santiago de las Vegas con el reparto Mulgoba mientras se desarrollaban cacerolazos en la zona, cuando agentes de la PNR que intervenían en un operativo persiguieron a varias personas que transitaban por la calle y lo detuvieron sin que mediara orden judicial alguna.

Durante la detención, según la denuncia, Alex Javier fue golpeado en repetidas ocasiones mientras pedía a gritos que dejaran de agredirlo: "no me den más, soy un niño". La madre relató que el menor presenta golpes en la cabeza, el cuello y la espalda, causados —según su propio testimonio— por cuatro agentes uniformados. Las autoridades intentaron atribuir las lesiones a los manifestantes, versión que el adolescente desmintió directamente.

Tras la detención, fue trasladado a la unidad de la PNR de Calabazar, donde su madre pudo verlo hacia la una de la madrugada. Según el relato de la madre, los agentes intentaron llevarlo a un policlínico para tramitar el certificado de lesiones, pero regresaron antes de completar el procedimiento alegando que faltaba una firma en el documento. 

Actualmente, el menor permanece recluido en la Escuela de Formación Integral "José Martí", conocida como El Combinadito, centro de internamiento para menores administrado por el Ministerio del Interior en Guanabacoa. 

Los hechos descritos —detención violenta sin orden judicial, agresión física y reclusión de un niño de 13 años, junto con la obstrucción del procedimiento para certificar sus lesiones— constituyen una violación al derecho a no ser detenido arbitrariamente, a la integridad física y a la protección especial que corresponde a la niñez, en el marco de un operativo estatal de represión asociado a manifestaciones populares.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro, seguido de análisis y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)

Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo los siguientes indicadores:

Detención arbitraria
El adolescente fue detenido por agentes de la PNR sin orden judicial ni justificación legal mientras transitaba por la vía pública.

Agresión física
Cuatro agentes uniformados golpearon repetidamente al menor en la cabeza, el cuello y la espalda mientras se encontraba bajo su control.

Uso abusivo del poder estatal
Agentes estatales interrumpieron el trámite del certificado médico de lesiones alegando una omisión administrativa e intentaron atribuir los golpes a los manifestantes para eludir responsabilidad.

Reclusión
El adolescente permanece confinado en un centro de internamiento para menores administrado por el Ministerio del Interior, sin que conste resolución judicial o fiscal que ampare esta privación prolongada de libertad.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

Marco constitucional e internacional vulnerado

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 95, incisos a) y d): establece que nadie puede ser privado de libertad sino por autoridad competente y dentro del tiempo legal, y que toda persona debe ser tratada con respeto a su integridad física sin ser víctima de violencia. La detención sin orden judicial y la golpiza sufrida bajo custodia policial vulneran directamente esta garantía.

Artículo 86: reconoce a niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos, con protección especial frente a todo tipo de violencia. La condición de menor de 13 años de la víctima, sometida a detención y agresión física, contradice esta garantía constitucional.

Artículo 96: reconoce el derecho de toda persona privada ilegalmente de libertad a acudir al Habeas Corpus. La reclusión continuada del menor, sin que conste dictamen judicial que la ampare, vulnera este derecho.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 9: nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. La detención de Alex Javier sin orden judicial constituye una violación directa de esta disposición.

Artículo 5: nadie será sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Los golpes reiterados propinados al menor bajo custodia estatal contradicen esta norma.

Artículo 25, párrafo 2: la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. La agresión y reclusión sufridas por un niño de 13 años vulneran esta protección reforzada.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 9: reconoce el derecho a la libertad y seguridad personales, prohíbe la detención arbitraria y otorga el derecho a recurrir ante un tribunal la legalidad de la privación de libertad. La detención sin orden judicial y la ausencia de control judicial sobre la reclusión actual del menor contradicen esta garantía.

Artículo 7: prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes. La golpiza sufrida por el menor bajo custodia policial constituye una violación de esta norma.

Artículo 10, párrafo 2, inciso b): dispone que los menores procesados deben ser llevados ante los tribunales de justicia con la mayor celeridad posible. La ausencia de constancia de que Alex Javier haya sido puesto a disposición de autoridad judicial, pese a permanecer recluido, contradice esta disposición.

La conducta descrita, ejecutada por agentes del Estado cubano contra un niño de trece años en el contexto de un operativo represivo posterior a manifestaciones populares, configura una violación al derecho a no ser privado arbitrariamente de la libertad, a la integridad física de la persona y a la protección reforzada que corresponde a la niñez, además de constituir un uso instrumental del aparato administrativo estatal para encubrir responsabilidades. En su conjunto, estos hechos constituyen una violación por parte del Estado cubano de obligaciones fundamentales de derechos humanos, susceptible de ser documentada y denunciada de forma autónoma ante instancias nacionales e internacionales de protección de derechos humanos.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano la liberación inmediata de Alex Javier Hernández González y el cese de su reclusión en El Combinadito; una investigación independiente e imparcial sobre la golpiza sufrida bajo custodia policial, con sanción efectiva a los responsables; la garantía del acceso a atención médica independiente y sin obstrucción para certificar sus lesiones; la notificación formal y oportuna a la familia sobre la situación legal del menor; y el cese inmediato de las detenciones y agresiones contra niñas, niños y adolescentes en el contexto de protestas.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP
Email: redaccion@iclep.org
Web: https://iclep.org/
Facebook: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/
X: https://x.com/iclep
Instagram: https://www.instagram.com/institutocubanoiclep/