La Habana, Cuba — 03/11/2026. Agentes de la Seguridad del Estado y de la Policía Nacional Revolucionaria secuestraron el 3 de noviembre a la periodista de Cubanet y corresponsal del diario español ABC, Camila Acosta, a la salida de su vivienda en el municipio Plaza de la Revolución, y la mantuvieron más de 8 horas en desaparición forzada. Acosta fue trasladada esposada a la espalda y estuvo encerrada en una patrulla al sol, con las ventanillas subidas, alrededor de 30 minutos, hasta que sentía que se asfixiaba.
Bajo custodia la metieron a un calabozo, la amenazaron con prisión y le impusieron un acta de advertencia por haber grabado la pasada semana, durante un cerco domiciliario, al agente de la Seguridad del Estado que la vigilaba. El teléfono, que le fue ocupado durante la detención, se lo devolvieron sin funcionar.
Es la primera vez que Acosta denuncia daños físicos —todavía tiene las muñecas inflamadas— en la secuencia de cercos que el OCLE ha registrado contra ella; los más recientes corresponden al 6 de agosto, el 11 de agosto, el 18 de septiembre, el 30 de septiembre y el 28 de octubre.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este nuevo hecho represivo, que constituye una violación al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.
Hechos documentados
El OCLE documentó los hechos mediante dos testimonios en video de Camila Acosta: el difundido por CubaNet en la madrugada del 4 de noviembre y el relato detallado que ofreció esa misma mañana en ¡Buenos Días CubaNet!, emitido también en Facebook.
Según Acosta, poco antes del mediodía del martes 3 de noviembre, al salir de su vivienda, vio en la esquina de enfrente un operativo de oficiales de la Seguridad del Estado que ya conocía, con una patrulla de la Policía al lado. La detuvieron sin mostrarle orden judicial alguna. Una agente la sujetó por detrás y le quitaron de las manos el transportín con su gata, que terminó con un vecino. Cuando anunciaron que iban a esposarla, unas vecinas protestaron, y los agentes les gritaron que por culpa de la periodista habían golpeado a la madre de un revolucionario, una acusación que ella califica de falsa. Acosta pidió a gritos a los vecinos que avisaran a su esposo, porque no tenía otra forma de que su familia supiera que se la llevaban. Entre los agentes estaba un oficial vestido de civil que se hace llamar «Mario» y al que, según la periodista, en redes sociales identificaron como Raciel; ya figura en bases de datos de represores.
La sentaron en el asiento trasero de la patrulla, entre dos oficiales de la Seguridad del Estado, esposada a la espalda. “Señores, a mí nunca me habían esposado”, contó la periodista, que ha sido detenida en numerosas ocasiones. Durante el trayecto, el oficial la insultó y humilló, y le advirtió que se habían acabado «las contemplaciones» con ella y que la llevarían directamente a la Prisión de Mujeres de Occidente. Acosta lo entendió como un chantaje para ver cómo reaccionaba.
Al llegar a la estación policial de Playa, en la calle 110 y 3ra, la dejaron cerca de media hora en el parqueo, dentro de la patrulla, bajo el sol, esposada y con las ventanillas subidas. Tuvo que protestar y pedir que la sacaran a la sombra «o al menos me bajaran las ventanillas de la patrulla porque me estaba asfixiando». Solo entonces las bajaron un poco. Acosta lo describió como «otra forma de tortura» contra los periodistas independientes. En total, permaneció más de una hora esposada a la espalda. «Todavía tengo las muñecas un poco hinchadas», dijo en el programa Buenos días, CubaNet; aclaró que no le apretaron las esposas, pero que la postura era muy incómoda.
Hacia la una de la tarde la metieron en una celda semioscura, con mal olor, poca higiene y camas de cemento, después de retirarle sus pertenencias, el teléfono y el carné de identidad. Entre una hora y media y dos horas más tarde la llevaron a una oficina de la misma estación. Allí la esperaban un oficial con uniforme de la Seguridad del Estado que se identificó como el teniente coronel Luis Miguel y que, según Acosta, pertenece a Villa Marista, y el agente «Mario».
Le levantaron un acta de advertencia por el supuesto delito de actos contra la intimidad personal y familiar, la propia imagen y voz (artículo 393.1 del Código Penal), que castiga con hasta dos años de prisión, y con hasta tres si la imagen se difunde en redes sociales. El motivo fue el video del 28 de octubre en el que grabó al agente de civil que le impedía salir de su casa; según Acosta, en el interrogatorio le confirmaron que ese hombre era oficial de la Seguridad del Estado. Le dijeron que la familia de ese oficial recibía amenazas de muerte y que lo que le sucediera sería culpa suya, y la amenazaron con provocar una confrontación mayor para llevarla directamente a prisión. Acosta no firmó nada y les respondió que seguirá grabando a quienes le impidan salir de su casa sin orden judicial. «Lo que más les preocupa es la identificación que hacemos de estos oficiales de la Seguridad del Estado», afirmó. «No hay ningún delito en grabar a funcionarios públicos».
De vuelta en la celda, le advirtieron que podían retenerla 24 horas e imputarle otro delito. Durante todo ese tiempo le negaron comunicarse con su familia: «No me dieron derecho a una llamada telefónica», denunció. Lo pidió varias veces, y el custodio del calabozo le respondía que la Seguridad del Estado no lo autorizaba. Mientras tanto, según informó CubaNet, su familia ni siquiera sabía dónde estaba, y había personas llamando a las estaciones policiales para preguntar por su paradero. «Estuve más de 8 horas en desaparición forzosa, es decir, mi familia no sabía dónde yo estaba», resumió la periodista.
La liberaron alrededor de las 8 de la noche. Solo entonces le permitieron llamar a su esposo para que fuera a buscarla a la estación, muy lejos de su casa. «Mi teléfono me lo devolvieron inservible», denunció: no enciende, y al quitarle la carcasa encontró un líquido verde y grasiento. Cree que se lo echaron a propósito, como represalia porque graba a los agentes con ese teléfono.
Llevarse a una periodista sin orden judicial y ocultar su paradero a su familia durante horas la dejó fuera de toda protección legal. Esposarla a la espalda durante más de una hora, cuando no ofrecía resistencia, y dejarla esposada en un vehículo cerrado bajo el sol hasta que sentía que se asfixiaba, es un trato cruel bajo custodia sin ninguna necesidad de seguridad. A eso se sumaron las amenazas de cárcel, un acta de advertencia por grabar a un funcionario en el ejercicio de sus funciones y la destrucción del teléfono con el que documenta. Todo ello busca castigar a Acosta por identificar a los agentes que la reprimen y disuadirla de seguir informando. Por tratarse de una periodista en ejercicio, la agresión recae sobre la libertad de prensa.
El OCLE documentó este hecho conforme a su protocolo para contextos cerrados, basado en el Manual de Monitoreo de Derechos Humanos de la ONU y en el Protocolo de Berkeley sobre investigaciones digitales. Descargó y transcribió el testimonio en video difundido por CubaNet y el relato de la detención en ¡Buenos Días CubaNet!. Contrastó ambos relatos entre sí, con la publicación de la periodista en Facebook, con la de su esposo tras ser detenida y con la cobertura de otros medios, y los cotejó con los cercos previos contra Acosta registrados en su base de datos, sin encontrar contradicciones sobre los hechos esenciales. Como la única fuente directa es la propia periodista, el hecho se presenta como documentado y no como corroborado de forma independiente; la falta de respuesta oficial, habitual en Cuba, no invalida la denuncia.
Clasificación metodológica del caso
Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho se clasifica como una violación a la libertad de prensa bajo los indicadores:
Detención arbitraria
A Camila Acosta la secuestraron sin orden judicial y la mantuvieron más de 8 horas en un calabozo de la estación policial de Playa, incomunicada y con su paradero oculto a su familia, sin justificación legal ni debido proceso.
Agresiones físicas
La mantuvieron más de una hora esposada a la espalda, hasta dejarle las muñecas inflamadas, y la dejaron media hora dentro de una patrulla al sol con las ventanillas subidas, hasta que sentía que se asfixiaba. Fue un trato cruel infligido bajo custodia del Estado.
Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas
Los insultos y humillaciones durante el traslado, las amenazas de llevarla a prisión y de imputarle otro delito, el acta de advertencia por grabar a un agente y la acusación falsa lanzada ante sus vecinos buscan intimidarla, desacreditarla en su comunidad y disuadirla de documentar la actuación de funcionarios. Ocurre en un contexto de persecución penal a ciudadanas por grabar a agentes del Ministerio del Interior.
Uso abusivo del poder estatal
Bajo custodia le negaron durante horas el derecho a comunicarse con su familia, y le devolvieron inservible su teléfono, un medio de trabajo y personal, lo que obstaculiza su labor informativa.
Estos hechos se inscriben en el contexto de restricciones a la libertad de expresión y de prensa en Cuba que el OCLE documenta de forma continua.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 46: reconoce el derecho a la integridad física, vulnerado al mantenerla esposada a la espalda hasta inflamarle las muñecas.
Artículo 51: prohíbe la desaparición forzada y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, como las horas en que su familia desconoció su paradero y el encierro esposada en una patrulla al sol hasta la sensación de asfixia.
Artículo 52: reconoce la libertad de permanecer y transitar, restringida al detenerla sin orden judicial y recluirla en un calabozo.
Artículo 54: reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, que se pretende limitar con el acta de advertencia por grabar a un agente.
Artículo 55: reconoce la libertad de prensa, vulnerada al detener, maltratar y amenazar a una periodista por documentar la actuación de funcionarios.
Artículo 95: garantiza a toda persona detenida comunicarse de inmediato con sus familiares, lo que se le negó durante más de 8 horas.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 5: prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes, como los que sufrió la periodista bajo custodia.
Artículo 9: prohíbe la detención arbitraria, concretada en las horas que pasó detenida sin orden judicial.
Artículo 19: protege el derecho a investigar y difundir informaciones, que se busca disuadir con la detención, las amenazas y el acta de advertencia.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 7: prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes, infligidos al mantenerla esposada a la espalda en una patrulla al sol.
Artículo 9: garantiza la libertad y la seguridad personales y prohíbe la privación arbitraria de libertad, como la sufrida por la periodista.
Artículo 10: exige que toda persona privada de libertad sea tratada humanamente y con respeto a su dignidad, lo que se le negó durante la custodia y la incomunicación.
Artículo 19: protege la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones, afectada por la detención y la amenaza de un proceso penal por grabar a un funcionario.
Secuestrar sin orden judicial a una periodista, ocultar su paradero a su familia durante horas, mantenerla esposada a la espalda y encerrada al sol en un vehículo hasta la asfixia, amenazarla con la cárcel, sancionarla por grabar a un funcionario y destruirle el teléfono con el que documenta priva de forma arbitraria a Camila Acosta de su libertad, la sustrae de la protección de la ley, la somete a un trato cruel bajo custodia y busca disuadirla de informar sobre la actuación de agentes del Estado. La conducta descrita, ejecutada por oficiales de la Seguridad del Estado con participación de la policía, constituye una violación de la libertad de prensa, del derecho a la integridad personal, del derecho a no ser detenida arbitrariamente y de la prohibición de la desaparición forzada.
Llamado del OCLE
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a los gobiernos democráticos y a las organizaciones de protección de la libertad de expresión, para que:
den seguimiento a este caso, en particular el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias,
presten atención específica a la situación de Camila Acosta, a quien las autoridades sancionaron con un acta de advertencia y amenazaron con la cárcel por grabar a un agente,
incluyan los tratos crueles que sufrió la periodista bajo custodia en sus comunicaciones con el Estado cubano sobre tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes,
exijan responsabilidades al Estado cubano, y
refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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