La Habana, Cuba — 16/07/2026. Dos artistas independientes, Rolando Almenteros "El Bohemio" y Pedro Ernesto Farías "El Feno”, fueron detenidos y agredidos físicamente por efectivos de la Seguridad del Estado el 7 de julio en el municipio Diez de Octubre, La Habana, como represalia por una protesta pública en Santo Suárez en medio de un cacerolazo contra los apagones.

Uno de los afectados, El Bohemio, había sido objeto, un día antes de su detención, de una visita intimidatoria de un agente de la Seguridad del Estado en su vivienda, motivada por su postura crítica frente al Gobierno socialista, lo que evidencia un patrón de hostigamiento previo dirigido específicamente contra él.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

El 7 de julio, según denuncia del Observatorio de Derechos Culturales, Rolando Almenteros "El Bohemio" y Pedro Ernesto Farías "El Feno", ambos artistas independientes, fueron detenidos y embestidos violentamente por efectivos de la Seguridad del Estado en la vía pública, en el barrio de Santos Suárez, municipio Diez de Octubre, La Habana. El operativo se produjo como represalia por una protesta pública que “El Bohemio” había protagonizado portando la bandera cubana sobre los hombros durante un cacerolazo motivado por los prolongados apagones en el país. 

En un video difundido en redes por Salomé García se observa a El Bohemio caminando con la bandera en sus hombros y gritando a viva voz frases contra la dictadura y llamando a una Cuba libre. El Feno era quien grababa el video de la protesta y también se escucha su voz en el video replicando el “Viva Cuba Libre”.

El Observatorio añadió en una publicación posterior que ambos artistas continúan privados de libertad hasta el momento, sin que exista información clara sobre si están siendo procesados formalmente ni bajo qué cargos. El Bohemio fue trasladado al centro de detención conocido como el Vivac. Durante el arresto fue golpeado con fuerza y se desconoce actualmente su estado de salud. Desde su detención, solo ha podido hablar durante unos breves minutos con su madre, siempre bajo presencia policial, sin poder explicar con claridad su situación; su madre, mujer de más de 60 años, ha quedado sola al frente del caso y sin teléfono propio para comunicarse, pues el de su hijo permanece en manos de la Seguridad del Estado.

En el caso de Pedro Ernesto Farías "El Feno”, también continúa privado de libertad y se presume, sin confirmación oficial, que podría encontrarse igualmente en el Vivac.

Como hecho secundario y antecedente inmediato de la detención, según denuncia de la organización Cubalex, el 6 de julio, un agente de la Seguridad del Estado se presentó en la vivienda de El Bohemio para amenazarlo por su postura crítica frente al régimen.

Estos hechos configuran una violación a la libertad de expresión, pues la detención y la agresión física documentadas fueron ejecutadas por agentes estatales sin mediar orden judicial ni justificación legal alguna, como represalia directa por el ejercicio de una protesta pacífica y por la postura crítica de uno de los afectados frente al Gobierno socialista.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de análisis y clasificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)

Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión en Cuba. Dado que las violaciones documentadas no son idénticas para ambas víctimas, se presenta la clasificación de forma individualizada:

Rolando Almenteros "El Bohemio"

Detención arbitraria: fue detenido el 7 de julio sin orden judicial, como represalia por la protesta pública que había protagonizado con la bandera cubana durante un cacerolazo.

Agresiones físicas: fue embestido violentamente por efectivos de la Seguridad del Estado durante el mismo operativo de detención.

Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas: un día antes de su detención, un agente de la Seguridad del Estado se presentó en su vivienda para amenazarlo por su postura crítica frente al régimen.

Uso abusivo del poder estatal: desde su detención solo ha podido comunicarse brevemente con su madre bajo presencia policial, sin poder explicar su situación ni las acusaciones en su contra. Su teléfono fue ocupado por la Seguridad del Estado.

Pedro Ernesto Farías "El Feno"

Detención arbitraria: fue detenido el 7 de julio por efectivos de la Seguridad del Estado sin mediar orden judicial, en el mismo operativo dirigido contra El Bohemio.

Agresiones físicas: fue embestido violentamente por efectivos de la Seguridad del Estado durante ese operativo.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 46: reconoce el derecho a la integridad física y moral y a la libertad de las personas, garantía vulnerada por la agresión física y la detención sin orden judicial sufridas por ambos afectados.

Artículo 54: reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, derecho directamente afectado por la represalia estatal contra la postura crítica de Rolando Almenteros "El Bohemio".

Artículo 56: reconoce el derecho de reunión y manifestación con fines lícitos y pacíficos, garantía vulnerada al haberse ejecutado la detención como represalia por la protesta pública que El Bohemio había protagonizado con la bandera cubana durante el cacerolazo.

Artículo 94, inciso e): establece que ninguna persona puede ser privada de sus derechos sino por resolución fundada de autoridad competente, garantía incumplida en la detención sin orden judicial del 7 de julio de 2026.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 3: reconoce el derecho a la libertad y a la seguridad de la persona, vulnerado por la detención arbitraria y la amenaza previa documentadas en el caso.

Artículo 5: prohíbe los tratos crueles o degradantes, vulnerado por el uso desproporcionado de la fuerza durante la detención del 7 de julio.

Artículo 9: prohíbe la detención arbitraria, vulnerado por la detención sin orden judicial de ambos afectados.

Artículo 19: reconoce la libertad de opinión y expresión, derecho cuyo ejercicio motivó la represalia estatal documentada en el caso.

Artículo 20: reconoce el derecho a la libertad de reunión pacífica, vulnerado al haberse represaliado a El Bohemio por la protesta pública que había protagonizado con la bandera cubana.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 7: prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes, vulnerado por la violencia física ejercida durante la detención.

Artículo 9: reconoce el derecho a la libertad y a la seguridad personales y prohíbe la detención arbitraria, vulnerado por la detención sin orden judicial del 7 de julio.

Artículo 19: reconoce el derecho a la libertad de expresión, cuyo ejercicio motivó la represalia estatal contra ambos afectados.

Artículo 21: reconoce el derecho de reunión pacífica, vulnerado al haberse ejecutado la detención como represalia directa por la protesta pública protagonizada por El Bohemio.

La conducta desplegada por agentes de la Seguridad del Estado contra Rolando Almenteros "El Bohemio" y Pedro Ernesto Farías "El Feno" —materializada en una detención sin orden judicial y el uso desproporcionado de la fuerza física, ejecutada como represalia directa por una protesta pacífica y por la postura crítica de los afectados frente a la dictadura— constituye una violación al derecho a la libertad, a la integridad física, a la libre expresión de opiniones y a la manifestación pacífica, y configura una conducta represiva atribuible al Estado cubano que contraviene sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano el cese inmediato de las detenciones sin orden judicial y las agresiones físicas contra artistas independientes por el ejercicio de su libertad de expresión y de manifestación pacífica, la liberación inmediata de Rolando Almenteros "El Bohemio" y Pedro Ernesto Farías "El Feno" si aún permanecen bajo custodia estatal, y la garantía de su integridad física y psicológica.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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