La Habana, Cuba — 11/09/2026. La periodista independiente Yunia Figueredo fue amenazada nuevamente este 10 de septiembre en su vivienda, cuando un oficial de la policía le advirtió que podrían quitarle la patria potestad de sus hijas si persistía en negarse a firmar la comparecencia mensual impuesta sin orden judicial dentro del proceso abierto en su contra por organizar y divulgar las recientes protestas en la localidad de Jaimanitas.

Durante la misma visita, el oficial le comunicó que se le abrirá un expediente como "persona de interés policial" y que, de no presentarse hoy 11 de septiembre ante las autoridades, podría incurrir en un delito de desobediencia. A esta presión se suma que, desde hace más de una semana, Figueredo permanece prácticamente sin servicio de llamadas, mensajes de texto y conexión por datos móviles. En las últimas horas, además, recibió varias llamadas procedentes de usuarios anónimos.

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.

Hechos documentados

Según el testimonio directo de Yunia Figueredo al ICLEP, este 10 de septiembre, tras negarse a acudir a firmar la medida policial impuesta sin que medie decisión judicial, el jefe de sector se presentó nuevamente en su vivienda a las 4:40 p.m.

De acuerdo con su relato, el oficial le informó que se le abrirá un expediente como "persona de interés policial"y le advirtió que, si no se presentaba el 11 de septiembre, podría incurrir en un delito de desobediencia. Según denunció Figueredo, las autoridades la responsabilizan de incitar las protestas ocurridas en Jaimanitas por los cortes de electricidad, señalamiento que hasta la fecha no ha sido corroborado mediante documentación oficial.

Durante la visita, el oficial reiteró la existencia de un proceso penal abierto en su contra y, según el testimonio de la afectada, volvió a utilizar a sus hijas como mecanismo de presión, esta vez insinuando que podría perder la patria potestad sobre ellas. Figueredo, además, confirmó que acudirá el 11 de septiembre a la estación policial de Siboney, aunque cuestionó públicamente la legalidad de la medida, al afirmar que no puede exigírsele firmar mensualmente en una estación policial sin que medie un proceso instruido ni un dictamen de un tribunal.

La periodista denunció, también, que desde hace más de una semana no dispone de servicio de llamadas ni mensajes de texto, y que solo logra conectarse a internet cuando accede de forma esporádica a una red WiFi. En su testimonio agregó que, tras las amenazas de este 10 de septiembre, ha notado actividad no identificada en su perfil de Facebook y que, pese al corte de servicio, recibió varias llamadas anónimas.

Este hecho se suma al patrón de hostigamiento sostenido contra Figueredo y su familia que el OCLE ha registrado desde julio de 2026, e incluye la citación e interrogatorio del 20 de julio, las amenazas del 19 de agosto vinculadas al ingreso universitario de su hija, la imposición el 4 de septiembre de la obligación de comparecencia mensual sin resolución judicial firme, y la indagación de la Seguridad del Estado sobre la matrícula universitaria de su hija el 3 de septiembre.

Las amenazas dirigidas a despojar a Figueredo de la patria potestad de sus hijas, la apertura anunciada de un expediente policial y la amenaza de un cargo penal por negarse a cumplir una medida sin sustento judicial, sumadas al corte sostenido de sus comunicaciones y al hostigamiento continuado por vías no solicitadas, constituyen mecanismos de coacción estatal dirigidos a doblegar su labor periodística y de defensa de derechos humanos, en violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa.

Clasificación metodológica del caso

Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación a la libertad de prensa bajo los siguientes indicadores:

Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas: La advertencia explícita de despojar a Figueredo de la patria potestad de sus hijas como consecuencia directa de su negativa a firmar una medida sin sustento judicial, sumada al anuncio de que se le abrirá un expediente como "persona de interés policial" y a la amenaza de incurrir en un delito de desobediencia si no se presentaba el 11 de septiembre, activa este indicador al configurar un mecanismo combinado de coacción psicológica que instrumentaliza el vínculo materno-filial y el temor a una consecuencia penal para doblegar su voluntad y forzarla a someterse a un procedimiento extralegal.

Restricciones en el espacio digital: El corte sostenido de llamadas y mensajes de texto durante más de una semana, agravado por el acceso solo esporádico a internet y por la persistencia de llamadas anónimas de hostigamiento pese a la interrupción del servicio, activa este indicador, al evidenciar un patrón deliberado de aislamiento comunicacional dirigido a silenciar y desgastar a la periodista.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 84: la maternidad y la paternidad son protegidas por el Estado. La amenaza de despojar a Figueredo de la patria potestad de sus hijas como represalia por su labor periodística contradice esta garantía.

Artículo 95: establece las garantías del proceso penal, incluida la presunción de inocencia y el derecho a no ser privada de libertad sino por autoridad competente. El anuncio de un expediente policial y de un cargo por desobediencia, sin proceso instruido, vulnera estas garantías.

Artículo 50: reconoce la inviolabilidad de la correspondencia y las comunicaciones, que solo pueden interceptarse por orden expresa de autoridad competente. El corte sostenido de llamadas y mensajes sufrido por Figueredo, sin orden judicial que lo respalde, contraviene este derecho.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 16: reconoce que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección del Estado. La amenaza de privar a Figueredo de la patria potestad de sus hijas desconoce esta protección.

Artículo 11: reconoce el derecho a la presunción de inocencia. El anuncio de un expediente policial y de un cargo por desobediencia, sin proceso ni condena firme, vulnera este derecho.

Artículo 12: protege a las personas contra injerencias arbitrarias en su vida privada y su correspondencia. La interrupción sostenida de las comunicaciones de Figueredo constituye una injerencia arbitraria en este derecho.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 23.1: reconoce que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad, con derecho a la protección del Estado. La amenaza de despojar a Figueredo de la patria potestad de sus hijas contradice esta garantía.

Artículo 14.2: reconoce el derecho a la presunción de inocencia mientras no se pruebe la culpabilidad conforme a la ley. La amenaza de un proceso por desobediencia sin sustento judicial vulnera este derecho.

Artículo 17.1: protege contra injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada y la correspondencia. El corte de llamadas y mensajes sufrido por Figueredo, sin orden de autoridad competente, constituye una injerencia arbitraria.

Las amenazas dirigidas a privar a Yunia Figueredo de la patria potestad de sus hijas, el anuncio de un expediente policial y de un posible proceso penal por desobediencia sin que medie sustento judicial, y la interrupción sostenida de sus comunicaciones telefónicas y digitales, configuran en su conjunto una instrumentalización del aparato estatal para coaccionar a una periodista independiente y aislarla de su entorno familiar y de sus redes de comunicación. Esta conducta, ejecutada al margen de toda garantía procesal, constituye una violación por parte del Estado cubano al derecho a la libertad de prensa, a la seguridad jurídica, a la protección de la vida familiar y a la inviolabilidad de las comunicaciones, y evidencia la continuidad de un patrón de represalia estatal contra el ejercicio legítimo del periodismo independiente en Cuba.

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano el cese inmediato de toda amenaza dirigida a privar a Yunia Figueredo de la patria potestad de sus hijas, el archivo de cualquier expediente o proceso penal abierto en su contra por negarse a cumplir una medida sin sustento judicial, y el restablecimiento pleno de sus servicios de telefonía e internet.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

-den seguimiento a este caso,

-exijan responsabilidades al Estado cubano, y

-refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de prensa no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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