La Habana, Cuba — 20/09/2026. Natacha de la Torre Fariñas, docente de la Academia Nacional de Bellas Artes San Alejandro, fue objeto de una represalia administrativa denunciada por ella misma el 9 de septiembre de 2026, cuando la institución le retiró la asignatura que impartía desde hacía años, en una decisión que vincula directamente con sus posiciones críticas frente al Ministerio de Cultura y la dirección del centro.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
Hechos documentados
El 9 de septiembre de 2026, Natacha de la Torre Fariñas, profesora de la Academia Nacional de Bellas Artes San Alejandro, en La Habana, hizo pública una carta dirigida formalmente al ministro de Cultura, Alpidio Alonso Grau, en la que denuncia que está siendo apartada de sus funciones dentro de la institución.
"Hoy me quitan la asignatura que durante tantos años impartí. Lo hacen porque no soy parte del festín", escribió en su misiva la profesora, quien vincula explícitamente la medida con su condición de voz incómoda dentro de la institución. "Me quitan del medio porque no quieren ver y se niegan a oír. Me convertí en la nota discordante. Soy alguien "políticamente inadecuado"; sentenció.
Ante sus inconformidades con la gestión directiva de la institución, De la Torre relató que su jefa de departamento le indicó directamente que se marchara, y que el director del centro le hizo una advertencia sobre las consecuencias de un eventual cambio político en Cuba. La docente mencionó, además, la imposición de una censura no solo a ella, sino a todo el personal: "Quieren que si falto, no diga que no tenía agua y que el estado no es capaz de proporcionar condiciones dignas a sus trabajadores. Quieren que invente una excusa, una enfermedad o un problema que no genere disonancia. Quieren, sobre todas las cosas, que sea parte de la mentira".
En la carta, De la Torre identifica el propósito último de este tipo de represalia: inducir una conformidad generalizada que erosione progresivamente la disposición a disentir dentro de la institución. En sus palabras: "La estrategia de aceptar y de evitar, nos irá convirtiendo en unos tristes y conformes despojos. Todos desean rehuir el trago amargo. Ceden y continuarán perdiendo fuerza. Dejarán de ser la voz crítica y valiente que alguna vez fueron.
El caso de Natacha de la Torre Fariñas se inscribe en un patrón de represalias contra académicos cubanos ya registrado por el sistema institucional del OCLE. En enero de 2026, el ICLEP documentó la expulsión del profesor Roberto Viña Martínez de la Universidad de las Artes (ISA) y de todos los claustros donde impartía clases, tras la publicación de un texto en redes sociales considerado incómodo por las autoridades académicas y culturales; el propio afectado calificó la medida como arbitraria y de motivación política.
Además, en marzo de 2026, registramos un nuevo caso en la Universidad Tecnológica de La Habana "José Antonio Echeverría" (CUJAE): el arquitecto y profesor titular Abel Tablada de la Torre fue separado de la institución como represalia después de publicar en Facebook reflexiones críticas sobre la situación del país y el funcionamiento del sistema universitario cubano.
Los hechos relacionados con Natacha de la Torre constituyen una violación a la libertad de expresión porque documentan el uso del andamiaje administrativo y laboral de una institución estatal —la Academia San Alejandro, dependiente del Ministerio de Cultura— para sancionar y desplazar profesionalmente a una trabajadora por el contenido de sus opiniones públicas sobre la gestión del Estado cubano, sustituyendo el ejercicio legítimo de la crítica ciudadana por una represalia laboral encubierta.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de análisis y verificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso
Según la investigación realizada por OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo el indicador:
Uso abusivo del poder estatal: La Academia Nacional de Bellas Artes San Alejandro, institución estatal adscrita al Ministerio de Cultura, retiró a Natacha de la Torre Fariñas la asignatura que impartía durante años, instrumentalizando su andamiaje administrativo y laboral interno para sancionar y desplazar profesionalmente a una docente que expresó públicamente críticas al Estado cubano.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 54: reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La afectada fue objeto de una sanción administrativa precisamente como consecuencia de haber ejercido esta libertad mediante una carta pública crítica al Gobierno cubano.
Artículo 64: reconoce el derecho al trabajo y a obtener un empleo digno acorde con la calificación de la persona. La retirada, sin justificación objetiva documentada, de la asignatura que la docente impartía durante años vulnera este derecho al utilizarlo como instrumento de represalia política.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19: reconoce el derecho a la libertad de opinión y expresión, incluido el de difundir ideas por cualquier medio. La carta pública que originó la represalia es ejercicio directo de este derecho.
Artículo 23.1: reconoce el derecho al trabajo y a condiciones equitativas de trabajo. La medida administrativa que le retira su asignatura afecta directamente la continuidad de su labor profesional en represalia por su expresión.
Artículo 2: prohíbe toda distinción fundada, entre otros motivos, en la opinión política. La propia afectada relata haber sido calificada como "políticamente inadecuada" dentro de la institución, lo que evidencia un motivo discriminatorio explícito detrás de la medida.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19: reconoce que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y garantiza la libertad de buscar, recibir y difundir ideas. Este derecho fue directamente vulnerado por la represalia administrativa derivada de la publicación de su carta.
Artículo 26: garantiza la igualdad ante la ley y la protección contra toda discriminación por opiniones políticas. El motivo declarado de la sanción —su postura crítica frente al Gobierno cubano— configura precisamente esa forma de discriminación proscrita por el Pacto.
La utilización del andamiaje administrativo y laboral de una institución estatal cubana para retirar a una docente sus funciones académicas, en represalia explícita por el ejercicio legítimo de su libertad de opinión y expresión frente a las autoridades de Gobierno, constituye una violación del derecho a expresarse libremente sin sufrir represalias y del derecho a ejercer un trabajo digno sin discriminación por motivos políticos. La conducta descrita, atribuible al Estado cubano a través de una institución bajo su tutela directa, configura una violación de los derechos humanos de Natacha de la Torre Fariñas, y expone un patrón de uso instrumental del poder estatal para silenciar el disenso dentro de los espacios académicos y culturales del país.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige a la dirección de la Academia Nacional de Bellas Artes San Alejandro y al Ministerio de Cultura de la República de Cuba que expliquen públicamente los motivos objetivos de la retirada de la asignatura impartida por Natacha de la Torre Fariñas, que reincorporen a la docente a sus funciones académicas plenas, y que garanticen que ninguna decisión administrativa o laboral dentro de instituciones estatales sea utilizada como instrumento de represalia contra el ejercicio legítimo de la crítica ciudadana.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
-den seguimiento a este caso,
-exijan responsabilidades al Estado cubano, y
-refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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