Sibanicú, Cuba — 29/07/2026. Lisbany Aguilera La Ó, Luis Alberto La Ó Ramírez, Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca, vecinos de la comunidad Oriente Rebelde, fueron detenidos arbitrariamente el 26 de julio un día después del cacerolazo en Sibanicú, provincia Camagüey, para reclamar la falta de agua y electricidad que afecta a la comunidad.
Según la denuncia, otros residentes de la comunidad fueron citados e interrogados por la Seguridad del Estado ese mismo 26 de julio, incluido un menor de edad, hermano de uno de los detenidos.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
Hechos documentados
De acuerdo con la denuncia pública difundida por el cubano Rogelio Rodríguez Mora, la noche del sábado 25 de julio, vecinos de la comunidad Oriente Rebelde, municipio Sibanicú, provincia de Camagüey, realizaron un cacerolazo para protestar por la falta de agua y electricidad que afecta a la zona. Según el relato, la comunidad se encuentra a 19 kilómetros de la carretera central, recibe electricidad de forma intermitente —entre 30 y 45 minutos diarios, según el testimonio— y sus habitantes deben transportar agua manualmente ante la ausencia del servicio.
Al día siguiente, domingo 26 de julio, agentes de la Seguridad del Estado citaron a varios residentes para interrogarlos y amenazarlos. Ese mismo día fueron arrestados cuatro vecinos de la comunidad —Lisbany Aguilera La Ó, Luis Alberto La Ó Ramírez, Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca—, quienes permanecen recluidos en una unidad de la Seguridad del Estado en Camagüey. Rodríguez Mora describió a Aguilera La Ó y a La Ó Ramírez como "dos muchachos trabajadores".
Según el mismo relato, la madre de uno de los detenidos debió trasladarse hasta Camagüey acompañada de otro de sus hijos, menor de edad, quien también había sido citado por las autoridades. Rodríguez Mora afirmó que los cuatro detenidos podrían ser presentados ante la Fiscalía únicamente por haber reclamado agua y electricidad.
En un testimonio en video difundido en Facebook por Presos Políticos de Cuba, la hermana de Lisbany Aguilera La Ó y sobrina de Luis Alberto La Ó Ramírez corroboró la detención de los ciudadanos y describió las condiciones de la comunidad Oriente Rebelde, señalando la falta sostenida de electricidad, la distancia respecto a la carretera central y la ausencia de servicios de emergencia como ambulancias.
Los hechos descritos configuran una violación al ejercicio legítimo de la libertad de expresión: la respuesta estatal —detención sin orden judicial documentada, amenaza de proceso ante la Fiscalía y citación e interrogatorio de otros residentes, incluido un menor de edad— tuvo como único detonante el reclamo pacífico y colectivo de un derecho básico, sin que la fuente documente ningún acto de violencia o ilegalidad por parte de los manifestantes.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de análisis y clasificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)
Según la investigación realizada por OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo los indicadores:
Víctimas: Lisbany Aguilera La Ó, Luis Alberto La Ó Ramírez, Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca
Detención arbitraria: los cuatro vecinos fueron arrestados el 26 de julio sin que conste orden judicial, y permanecen recluidos en una unidad de la Seguridad del Estado en Camagüey como represalia directa por su participación en el cacerolazo del día anterior.
Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas: agentes de la Seguridad del Estado citaron e interrogaron a varios residentes de la comunidad, incluido un menor de edad familiar de uno de los detenidos, cuya madre debió trasladarse hasta Camagüey ante dicha citación. (Este indicador no puede ser registrado por el OCLE debido a que se desconoce la identidad de las víctimas involucradas).
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 54. Reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, vulnerada al reprimirse el reclamo colectivo por agua y electricidad expresado mediante el cacerolazo.
Artículo 56. Reconoce los derechos de reunión y manifestación pacíficas, vulnerados al detener a los participantes de una protesta comunitaria sin fines violentos.
Artículo 61. Reconoce el derecho de dirigir quejas y peticiones a las autoridades, vulnerado al criminalizarse un reclamo ciudadano por servicios básicos.
Artículo 95. Establece garantías del proceso penal, incluida la no privación de libertad sino por autoridad competente y el derecho a ser informado de la acusación, vulneradas al detener a los cuatro vecinos sin constancia de orden judicial y al amenazarlos con un proceso fiscal por el solo hecho de protestar.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19. Reconoce la libertad de opinión y expresión, vulnerada al reprimirse el reclamo colectivo de la comunidad.
Artículo 20. Reconoce la libertad de reunión y asociación pacíficas, vulnerada por la detención de quienes participaron en el cacerolazo.
Artículo 9. Establece que nadie podrá ser arbitrariamente detenido, vulnerado por el arresto de los cuatro vecinos sin causa legal documentada.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19. Reconoce el derecho a la libertad de expresión, vulnerado por la represalia estatal contra el reclamo pacífico de la comunidad.
Artículo 21. Reconoce el derecho de reunión pacífica, vulnerado por la respuesta represiva al cacerolazo.
Artículo 9. Establece la protección contra la detención arbitraria y el derecho a conocer las razones de la detención, vulnerado por el arresto de los cuatro vecinos y la amenaza de un proceso fiscal sin garantías descritas.
La detención de cuatro vecinos de la comunidad Oriente Rebelde por participar en una protesta pacífica destinada a reclamar servicios básicos constituye una violación por parte del Estado cubano al derecho de sus ciudadanos a expresarse, reunirse pacíficamente y presentar reclamos ante las autoridades sin sufrir represalias privativas de libertad ni amenazas judiciales infundadas. La respuesta represiva documentada no responde a un ejercicio legítimo de la autoridad estatal, sino a la instrumentalización del aparato represivo para silenciar una demanda ciudadana legítima, en contravención de los estándares constitucionales e internacionales de derechos humanos que Cuba está obligada a respetar.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano la liberación inmediata e incondicional de Lisbany Aguilera La Ó, Luis Alberto La Ó Ramírez, Raudel Ramírez Vázquez y Yoelkis Fonceca; el cese de toda amenaza de proceso penal o fiscal contra ellos por haber reclamado pacíficamente el acceso a agua y electricidad; el cese de las citaciones e intimidaciones contra otros residentes de la comunidad Oriente Rebelde y sus familiares, incluidos menores de edad; y la atención efectiva a las carencias de agua y electricidad denunciadas por la comunidad.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
Canales oficiales del ICLEP
Email: observatorio@iclep.org
Web: https://iclep.org/
Redes sociales:
Facebook: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/
X: https://x.com/iclep
Instagram: https://www.instagram.com/institutocubanoiclep/