Camagüey, Cuba —07/08/2026. Amaury Díaz García, preso político e integrante del Foro Antitotalitario Unido (FANTU), fue objeto de nuevas amenazas dentro de la prisión Kilo 8, en el municipio de Camagüey, luego de que un recluso común con funciones de control interno le advirtiera que sería golpeado y podría perder la vida si continuaba denunciando las violaciones que ocurren en el penal y realizando llamadas telefónicas para visibilizar su situación.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
Hechos documentados
Según una denuncia recibida por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) el 7 de agosto, el preso político Amaury Díaz García, integrante del Foro Antitotalitario Unido (FANTU), fue nuevamente amenazado dentro de la prisión Kilo 8, en Camagüey. De acuerdo con la fuente, el recluso común Roberto Ruiz Villa, quien ejerce funciones de control entre los internos, advirtió a Díaz García que sería golpeado e incluso que podría perder la vida si continuaba denunciando las violaciones que ocurren dentro del penal y realizando llamadas telefónicas para visibilizar su situación.
Estas amenazas forman parte de un patrón de hostigamiento tolerado y promovido por las autoridades penitenciarias. La misma fuente alerta que, de continuar las intimidaciones, Díaz García podría iniciar una huelga de hambre como forma de protesta.
Díaz García padece problemas de salud, desnutrición y enfermedades crónicas, lo que incrementa el riesgo que representaría para su vida cualquier medida de protesta de este tipo.
Estos hechos constituyen una violación a la libertad de expresión porque la amenaza documentada tiene como propósito específico impedir que Díaz García continúe denunciando irregularidades desde prisión y comunicándose con el exterior, sustituyendo el debate público por el terror como mecanismo de silenciamiento.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de clasificación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)
Según la investigación realizada por el OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo el indicador:
Ataques, amenazas y/o agresiones psicológicas
El recluso común Roberto Ruiz Villa amenazó de muerte y con agresión física a Amaury Díaz García para forzarlo a cesar sus denuncias desde prisión.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 46: Reconoce el derecho a la vida y a la integridad física y moral, directamente vulnerado por la amenaza de muerte proferida contra Díaz García dentro del penal.
Artículo 51: Prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes, infringido por la amenaza de agresión física como forma de castigo por sus denuncias.
Artículo 54: Reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, directamente atacada al amenazar a Díaz García para que cese de denunciar irregularidades del sistema penitenciario.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 3: Reconoce el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, vulnerado por la amenaza de muerte proferida contra Díaz García.
Artículo 5: Prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes, infringido por la amenaza de agresión física bajo custodia estatal.
Artículo 19: Reconoce la libertad de opinión y expresión, incluido el derecho a difundir información sin ser molestado por ello, directamente vulnerado al amenazar a Díaz García por denunciar y comunicar su situación al exterior.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 7: Prohíbe el sometimiento a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, infringido por la amenaza de agresión física recibida por Díaz García.
Artículo 19: Reconoce la libertad de expresión, incluida la de difundir informaciones sin consideración de fronteras, directamente afectada por la amenaza dirigida a impedir que Díaz García continúe denunciando.
La amenaza de muerte y agresión física proferida contra Amaury Díaz García dentro de la prisión Kilo 8, dirigida a forzarlo a cesar sus denuncias y su comunicación con el exterior, constituye una violación por parte del Estado cubano a los derechos a la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de un preso político bajo su custodia. La tolerancia o promoción de este tipo de hostigamiento en un entorno penitenciario, sumada a la vulnerabilidad de salud que enfrenta la víctima, agrava la responsabilidad estatal y confirma un patrón de represión dirigido a silenciar la disidencia desde prisión.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige a las autoridades penitenciarias cubanas garantizar de manera inmediata la seguridad e integridad física de Amaury Díaz García, investigar sin dilación las amenazas denunciadas, identificar y sancionar a los responsables, y adoptar las medidas necesarias para poner fin a cualquier acto de hostigamiento o represalia en su contra, incluyendo la atención médica que su estado de salud requiera.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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