La Habana, Cuba — 28/07/2026. Lázaro Jaime Sarduy, opositor y directivo del Partido Republicano de Cuba (PRC) en La Habana, fue detenido arbitrariamente en esa ciudad, donde permanece bajo instrucción policial tras ser acusado de un presunto delito de "propaganda contra el orden constitucional".

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

Hechos documentados

Según denuncia pública difundida el 27 de julio por la Filial Lee County, en Florida, del Partido Republicano de Cuba (PRC), Lázaro Jaime Sarduy, miembro y directivo de dicha organización opositora en La Habana, fue detenido arbitrariamente y permanece bajo instrucción policial tras haber sido acusado de un presunto delito de "propaganda contra el orden constitucional".

De acuerdo con el comunicado, la acusación se enmarca en el uso del aparato policial y judicial del Estado cubano contra un dirigente de una organización política opositora. El PRC atribuye la acción a motivaciones políticas vinculadas al trabajo de Sarduy dentro de la organización.

Estos hechos constituyen una violación a la libertad de expresión en dos planos concurrentes: la detención arbitraria de Sarduy sin orden judicial acreditada, y el uso de una figura penal —"propaganda contra el orden constitucional"— que tipifica como delito el ejercicio legítimo de sus ideas políticas, instrumentalizando así el sistema legal del Estado como herramienta de represión.

Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del OCLE mediante el proceso de monitoreo, observación y registro seguido de análisis y verificación conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.

Clasificación metodológica del caso (Indicador OCLE)

Según la investigación realizada por OCLE, este hecho clasifica como una violación correspondiente a la libertad de expresión bajo el indicador:

Detención arbitraria
Lázaro Jaime Sarduy fue detenido en La Habana y permanece bajo instrucción policial sin que conste una orden judicial para su arresto ni cumplimiento del debido proceso, lo que configura una acción operativa destinada a neutralizar su actividad política.

Uso abusivo del poder estatal
La acusación formal contra Sarduy se sustenta en el delito de "propaganda contra el orden constitucional", una figura que criminaliza el ejercicio de derechos protegidos y evidencia la instrumentalización del andamiaje legal del Estado para castigar y censurar su expresión política.

Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en Cuba.

Marco constitucional e internacional vulnerado

El OCLE recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

Constitución de la República de Cuba (2019)

Artículo 54: reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión; la acusación de "propaganda contra el orden constitucional" criminaliza directamente el ejercicio político de esta libertad por parte de Sarduy.

Artículo 95, inciso a): garantiza que nadie sea privado de libertad sino por autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido; la fuente no acredita que la detención de Sarduy cumpla con estos requisitos.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 9: nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado; la detención de Sarduy, sin orden judicial acreditada, se ajusta a este supuesto.

Artículo 19: protege la libertad de opinión y expresión; el delito imputado a Sarduy consiste precisamente en el ejercicio de la expresión política.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 9.1 y 9.2: nadie será sometido a detención arbitraria y toda persona detenida debe ser informada de las razones de su detención y notificada de la acusación; el caso no acredita el cumplimiento de estas garantías.

Artículo 19: reconoce el derecho a la libertad de opinión y expresión sin injerencia, vulnerado por la persecución penal de la actividad política de Sarduy.

Código Penal cubano (Ley 151/2022)

Artículo 124.1: tipifica como delito la "propaganda contra el orden constitucional", sancionando con privación de libertad de tres a ocho años a quien incite contra el orden social o el Estado socialista mediante propaganda oral o escrita; es la figura penal concreta invocada por el Estado cubano para criminalizar la actividad política de Sarduy, y su aplicación en este caso instrumentaliza el sistema legal doméstico contra el ejercicio de derechos reconocidos internacionalmente.

La detención de Lázaro Jaime Sarduy, sustentada en una figura penal que criminaliza el ejercicio pacífico de la expresión política y sin que se acredite el cumplimiento de las garantías del debido proceso, constituye una violación por parte del Estado cubano de los derechos a la libertad y seguridad personales y a la libertad de expresión reconocidos tanto en el orden constitucional como en el marco internacional de derechos humanos. 

Llamado del OCLE

El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige al Estado cubano la liberación inmediata de Lázaro Jaime Sarduy, el cese de la persecución penal basada en figuras que criminalizan la expresión política, y la garantía de un debido proceso con acceso a defensa letrada y comunicación con sus familiares.

El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

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