Preso político cubano Adrián Curuneaux Stivens. Foto: Cubanet.jpg
Por ICLEP
Apr 18, 2026 | 9:35 AM
La Habana, Cuba — 18 de abril de 2025. El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente los hechos represivos ocurridos el domingo 15 de marzo de 2025 en La Habana, que constituyen una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba y afectan a tres presos políticos: Adrián Curuneaux Stivens, Nilo Abrahantes Santiago y Freddy Otero.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo a partir de información publicada por CubaNet Noticias, los tres reclusos fueron objeto de traslado punitivo al penal de máxima seguridad Combinado del Este, intimidación y amenazas verbales, requisa de pertenencias y notificación arbitraria de cargos sin sustento procesal, como represalia vinculada al activismo político y a la denuncia de sus condiciones de reclusión. El caso de Curuneaux Stivens incluye además un interrogatorio coercitivo previo, la agresión física a su hermano, la confiscación de pertenencias personales —incluidos insumos médicos imprescindibles—, y una crisis de salud grave derivada de condiciones de alimentación insuficientes.
Hechos documentados
Según el registro del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP, a partir del testimonio directo de Adrián Curuneaux Stivens, ofrecido mediante llamada telefónica y publicado por CubaNet Noticias:
El 15 de marzo, antes del traslado, agentes de la Seguridad del Estado condujeron a Curuneaux Stivens —vicepresidente del Movimiento Opositores por una Nueva República (MONR), recluido desde 2024 en el penal 15-80 y condenado a 11 años de privación de libertad por los presuntos delitos de atentado, desacato y agresión— a una oficina donde fue interrogado durante dos horas. Las preguntas giraron en torno a una carta dirigida a la Embajada de Estados Unidos en La Habana, que las autoridades afirmaron haber recibido de su hermano. Según su propio testimonio: "Ellos dijeron que mi hermano la entregó, pero en realidad se la quitaron por la fuerza. Lo estrangularon, lo pusieron contra la pared, le registraron los bolsillos y le quitaron el carné y la carta." Durante el interrogatorio, fue amenazado con añadir 20 años a su condena: "Me dijeron que por eso me iban a echar 20 años y que me pudriría en la cárcel."
Aproximadamente a las 7:00 p.m., Curuneaux Stivens fue esposado y conducido a los calabozos del penal 15-80, donde coincidió con Nilo Abrahantes Santiago —manifestante del 11J— y Freddy Otero, también integrante del MONR. Los tres fueron trasladados esa misma noche en un carro-jaula al Combinado del Este.
A su llegada, el mayor Pestana recibió a los tres reclusos con amenazas explícitas de violencia física, exigiéndoles disciplina y advirtiendo que, de no cumplirla, "partía a la gente". Procedió entonces a requisar las pertenencias de los tres. De las de Curuneaux Stivens fueron confiscados: un estuche de pintura que utilizaba para trabajar las artes plásticas, dos desodorantes, cortaúñas, aguja de coser, jeringuillas para insulina, un pijama blanco, dos cubetas, sacapuntas, lápices de colores y bolígrafos. El testimonio no detalla qué pertenencias específicas fueron retiradas a Abrahantes Santiago y Otero.
Cerca de la medianoche, las autoridades penitenciarias informaron verbalmente a los tres reclusos que el motivo de su traslado era la supuesta planificación de un motín en el penal 15-80, donde habrían sido encontradas armas y combustible. No fue presentado ningún documento judicial que sustentara el traslado ni los cargos. A los tres les fue comunicado que "se iban a pudrir en la cárcel y que el país estaba en guerra".
Ante estos hechos, Curuneaux Stivens adoptó una "posición de plantado" (huelga de hambre) y permaneció seis días en la celda. Su condición de diabético generó presión sobre las autoridades, que finalmente lo reubicaron en el edificio 1 del Combinado del Este. Aproximadamente un mes después del traslado, sus pertenencias confiscadas aún no le habían sido devueltas: "Esas son cosas legales. Hace ya un mes que me las quitaron y nadie sabe dónde están." Durante su permanencia en ese penal, sufrió un desmayo en el baño —con nivel de glucosa de 2— que le provocó una herida en la frente que requirió dos puntos de sutura, hecho que atribuye directamente a la alimentación insuficiente del centro. El activista había salido previamente del penal 15-80 con un cuadro de desnutrición severa.
El OCLE señala que Curuneaux Stivens no pudo informar oportunamente a CubaNet debido a la falta de papel y bolígrafos y al acceso telefónico deliberadamente restringido, lo que constituye un mecanismo adicional de silenciamiento que afecta a los tres reclusos.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso (Indicadores ICLEP)
El OCLE del ICLEP clasifica este caso como una violación a la libertad de expresión que afecta a los tres reclusos, bajo los siguientes indicadores. Se precisa qué estos hechos atañen a las tres víctimas en conjunto y cuáles corresponden específicamente a Cada uno, en estricta correspondencia con lo que el testimonio disponible permite afirmar.
Adrián Curuneaux Stivens
Interrogatorio extrajudicial de dos horas por la Seguridad del Estado; amenazas verbales de agravamiento de condena en 20 años; traslado punitivo al Combinado del Este sin orden judicial; y amenazas de permanecer en prisión indefinidamente proferidas por las autoridades a su llegada al penal.
Agresión física al hermano de la víctima —estrangulamiento y registro violento— durante la confiscación forzada de su correspondencia; y privación de alimentación adecuada a un recluso con diabetes documentada y confiscación de jeringuillas para insulina, con resultado de episodio hipoglucémico grave y lesión corporal que requirió sutura.
Decomiso de pertenencias personales lícitas e insumos médicos sin restitución tras más de un mes; confiscación de correspondencia privada sin orden judicial; y restricción sistemática del acceso telefónico.
Nilo Abrahantes Santiago y Freddy Otero
Traslado punitivo al Combinado del Este sin fundamento procesal ni orden judicial; y amenazas verbales de permanecer en prisión indefinidamente proferidas por las autoridades a su llegada al penal.
Requisa de pertenencias personales y restricción sistemática del acceso a comunicación telefónica.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de represalia y silenciamiento contra presos políticos cubanos que ejercen su derecho a expresarse y comunicarse desde el interior de los centros penitenciarios.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El OCLE del ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
Constitución de la República de Cuba (2019)
Declaración Universal de Derechos Humanos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Los hechos descritos evidencian la instrumentalización del sistema penitenciario cubano como herramienta de represalia colectiva contra quienes ejercen su derecho a expresarse, organizarse y comunicarse desde el interior de las cárceles.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP exige: el cese inmediato de toda represalia contra Adrián Curuneaux Stivens, Nilo Abrahantes Santiago y Freddy Otero; la devolución inmediata de todas las pertenencias confiscadas, incluyendo los insumos médicos de Curuneaux Stivens; el acceso regular e irrestricto a atención médica especializada y a una alimentación adecuada a la condición diabética documentada de Curuneaux Stivens; el acceso oportuno y sin restricciones a comunicación con familiares y representación legal para los tres; y la liberación inmediata de todos los presos políticos cubanos.
El OCLE hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenaza al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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