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ICLEP condena represión contra el periodista Niober García Fournier

Periodista independiente cubano Niober García Fournier (Diario de Cuba)

Por ICLEP

Oct 27, 2023 | 12:20 PM


La Habana, Cuba - El Instituto Cubano para la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) condena enérgicamente la acción represiva, ilegal e injustificada de las autoridades cubanas, representadas por oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y el Departamento de Seguridad del Estado, contra el periodista independiente Niober García Fournier.

Según informó el periodista, el 26 de octubre, varios oficiales vestidos de civil lo rodearon en la esquina de su casa y le comunicaron de forma verbal y sin explicar motivo alguno que debía presentarse este viernes 27 de octubre en la unidad de la PNR de su localidad o de lo contrario iría a prisión.

"Hoy jueves, el oficial Luis Ángel o Roberto y Víctor Víctor, y otros desconocidos, me cogieron en la esquina de mi casa, me hicieron un círculo entre ellos junto a una capitana, una oficial vestida de civil, quien me dijo que tenía que presentarme mañana" a una citación policial, contó el reportero al ICLEP.

García Fournier, quien colabora para el medio independiente CubaNet, aseguró que solicitó a la policía política una citación de manera oficial, la cual le fue negada. Ante la desestimación del documento y los motivos de la "entrevista", expresó: "no voy a presentarme a esa citación".

"Me amenazaron que yo podría ir preso y yo les dije que eso era ilegal, que ahí no había ningún tipo de legalidad. Cuando un organismo policial quiere un asunto con un ciudadano, deben explicar bien los motivos de la citación", manifestó García Fournier.

Tanto la notificación verbal, sin cumplir los requerimientos legales, como la amenaza proferida por los oficiales, constituyen violaciones flagrantes de la legislación cubana referida a las diligencias de citación, en específico la Ley 143, que estipula en su Artículo 72.1 los detalles que deben incluirse en la citación entre los que se encuentra “el objeto de la citación”, algo que le fue negado al periodista

Además, la Ley 141, Código de Procesos, en su Artículo 168.1, detalla los elementos que debe incluir una citación y subraya la necesidad de hacerla “por medio de cédula que contiene los particulares siguientes: a) El tribunal que la dispone; b) los nombres y apellidos del que deba ser citado, y la dirección de su domicilio o del lugar donde deba practicarse la diligencia; c) el objeto de la citación”.

Los representantes del Estado socialista cubano violaron también el Artículo 40 de la Constitución de la República de Cuba al no tratar dignamente al periodista y, además, vulneraron los Artículos 41 y 42 por discriminar y no tratar de igual forma ante la ley a Niober García Fournier debido a su condición de periodista independiente que trabaja fuera del control gubernamental.

El ICLEP continuará monitoreando la situación del periodista Niober García Fournier e insta a las organizaciones regionales e internacionales a seguir de cerca este caso y a condenar al Estado socialista cubano por la represión ilegal y continua que comete contra las personas que ejercen sus derechos a la libertad de expresión y prensa.

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