La Habana, Cuba — 07/08/2026. Sulmira Martínez Pérez, presa política conocida en redes sociales como "Salem Cuba Censura", fue objeto de una nueva arbitrariedad por parte de las autoridades penitenciarias al negársele por tercera vez, el beneficio de libertad condicional al que tiene derecho, mientras cumple una condena de cinco años de privación de libertad por publicaciones críticas en redes sociales y por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión.
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP denuncia públicamente este hecho represivo que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
Hechos documentados
Según denuncia recibida por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE), Sulmira Martínez Pérez informó que las autoridades penitenciarias le negaron, por tercera ocasión, el beneficio de libertad condicional que le correspondo como beneficio penitenciario.
“Antier me vino la denegación de la libertad condicional, por tercera me han han negado, no sé hasta dónde me van a llevar esta gente”, declaró la presa política, quien cumple una condena de cinco años de privación de libertad impuesta por publicaciones críticas en redes sociales y por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión.
De acuerdo con denuncias previamente documentadas por el OCLE, el proceso de Martínez Pérez ha estado marcado por irregularidades procesales, retrasos judiciales y restricciones adicionales durante su reclusión. Su madre, Norma Pérez Ferrer, ha señalado en reiteradas ocasiones que la presa política reúne las condiciones para acceder a beneficios penitenciarios, sin que estos le hayan sido concedidos.
La denegación reiterada de un beneficio penitenciario al que la afectada tendría derecho, en el marco de una condena impuesta por el ejercicio pacífico de la libertad de expresión, constituye una instrumentalización del sistema penitenciario como mecanismo de castigo continuado contra quien ejerció ese derecho, lo que configura una violación a la libertad de expresión.
Este caso se incorpora al registro sistemático del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) del ICLEP, como parte de su labor de monitoreo, documentación y denuncia de las violaciones a la libertad de expresión y de prensa en Cuba.
Clasificación metodológica del caso
De acuerdo con la metodología del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE), el presente caso se clasifica bajo el siguiente indicador:
Uso abusivo del poder estatal: las autoridades penitenciarias negaron por tercera vez el beneficio de libertad condicional a Sulmira Martínez Pérez, instrumentalizando el sistema penitenciario para prolongar el castigo contra una persona privada de libertad por el ejercicio de la libertad de expresión.
Este hecho se inscribe en un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
Constitución de la República de Cuba (2019)
Artículo 54: reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La condena que hoy se perpetúa mediante la denegación del beneficio penitenciario responde precisamente al ejercicio de este derecho.
Artículo 60: obliga al Estado a favorecer la reinserción social de las personas privadas de libertad y a garantizar el respeto de sus derechos en el tratamiento penitenciario. La denegación reiterada de un beneficio al que la afectada tendría derecho contradice este mandato constitucional.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 19: ampara el derecho a difundir opiniones e informaciones sin ser molestado. Es precisamente por el ejercicio de este derecho que Martínez Pérez permanece privada de libertad y continúa siendo objeto de restricciones penitenciarias.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 10, párrafo 3: establece que el régimen penitenciario tendrá como finalidad esencial la reforma y la readaptación social del penado. La negación reiterada de un beneficio pese a las condiciones que la propia afectada señala haber cumplido contradice esta finalidad y evidencia el uso del aparato penitenciario como herramienta de castigo antes que de readaptación.
La conducta descrita, consistente en la denegación reiterada de un beneficio penitenciario a una persona privada de libertad por el ejercicio pacífico de la libertad de expresión, constituye una violación por parte del Estado cubano de sus obligaciones constitucionales e internacionales en materia de libertad de expresión y de tratamiento penitenciario.
Llamado del OCLE
El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE) exige al Estado cubano que revise de forma inmediata y transparente la situación de Sulmira Martínez Pérez, que garantice su acceso a los beneficios penitenciarios a los que tendría derecho conforme a la ley, y que cese el uso del sistema penitenciario como mecanismo de represalia por el ejercicio de la libertad de expresión.
El OCLE hace un llamado a la comunidad internacional, a los organismos de derechos humanos y a los mecanismos de protección a la libertad de expresión para que
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano y
- refuercen la vigilancia sobre las condiciones de reclusión de las personas privadas de libertad por motivos de conciencia en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión (OCLE)
Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP)
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