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Amenazan a esposa de preso político con procesarla y quitarle a sus hijas por sus denuncias en redes

Eliannis Villavicencio Jorge y sus hijas. Foto tomada de su perfil en Facebook.

Por ICLEP

Feb 19, 2026 | 9:20 AM


Granma, Cuba — 19/02/2024 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 17 de febrero de 2024 en Bayamo, Granma, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Eliannis Villavicencio Jorge, ciudadana y esposa del preso político Alexander Verdecia Rodriguez, fue objeto de amenazas y coacción por parte de agentes de la Seguridad del Estado, como represalia por sus publicaciones en redes sociales y por las exigencias de libertad para su esposo que realizan ella y sus hijas menores de edad.

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente ocurrió el 17 de febrero de 2024, cuando Eliannis Villavicencio Jorge se dirigió al Centro de Operaciones de la Provincia Granma, en la ciudad de Bayamo par acudir a una citación que le fue entregada el día anterior. En el lugar, la activista fue sometida a un interrogatorio que constituyó un acto de intimidación.

Agentes de la Seguridad del Estado, identificados como el Teniente Coronel Alejandro y el instructor Maikel Villavicencio, junto a otro agente no identificado, ejecutaron las amenazas y la coacción psicológica.

La víctima sufrió intimidación y amenazas directas. Los agentes le advirtieron que sería procesada judicialmente si sus hijas menores de edad continúan apareciendo en redes sociales para exigir la libertad de su padre. La amenaza se extendió a la posibilidad de que sus hijas fueran internadas en una "casa de menores sin Amparo Filial". Lo anterior constituye una coacción a través de la madre, pues utilizan el vínculo materno-filial como un mecanismo de chantaje para silenciar tanto a la madre como a las niñas.

Además, fue amenazada con ser sancionada por los presuntos delitos de "Propaganda contra el orden Constitucional" e "Instigación a delinquir" si continúa con sus publicaciones críticas contra el gobierno en sus perfiles personales.

El caso ha sido documentado por nuestros observadores a partir de la denuncia pública realizada por la propia víctima en sus redes sociales, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

*Nota aclaratoria: También se registraron las amenazas contra las dos hijas menores de edad. Para salvaguardar la identidad de las niñas se utilizaron los términos “Hija mayor de Eliannis Villavicencio y Alexander Verdecia” e “Hija menor de Eliannis Villavicencio y Alexander Verdecia”. En dichos registros se incluyó una foto pixelada.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

  • Ataques, amenazas y agresiones psicológicas

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba establece en su Artículo 54 que "El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”, lo cual se viola sobremanera con estas amenazas.

Adicionalmente, estas acciones constituyen una flagrante violación de la protección que la propia Constitución cubana otorga a la familia y a la niñez. El Artículo 81 consagra a la familia como la "célula fundamental de la sociedad" y obliga al Estado a su protección. Sin embargo, las amenazas proferidas por la Seguridad del Estado subvierten este principio, al atacar directamente al núcleo familiar y utilizarlo como un inadmisible instrumento de coacción política. De igual manera, se vulnera de forma directa el Artículo 86, que establece como obligación primordial velar por el "interés superior" de los niños y adolescentes. La amenaza de separar a las menores de su madre para internarlas en un centro estatal no solo ignora, sino que se opone frontalmente a su bienestar, constituyendo una grave agresión psicológica y una violación de su derecho fundamental a ser protegidas dentro de su propio entorno familiar.

Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”. De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.

El Estado cubano continúa utilizando un entramado de mecanismos legales y extralegales para sostener un sistema de censura estructural, amparándose en las siguientes normativas para la represión:

  • Decreto-Ley 370/2018 ("Sobre la Informatización de la Sociedad en Cuba"): Conocido como "Ley Azote", es la principal herramienta para la represión en el ámbito digital. Específicamente, el Artículo 68, inciso i), tipifica como contravención "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas". Esta formulación ambigua permite al Estado sancionar discrecionalmente cualquier opinión disidente, tal como se evidencia en las amenazas contra la ciudadana Eliannis Villavicencio Jorge. Las multas por esta contravención, según el Artículo 70, ascienden a 3000 pesos cubanos.
  • Decreto-Ley 35/2021 ("De las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación..."): Esta norma consolida el control estatal sobre la infraestructura de Internet. El Artículo 3, inciso a), declara como objetivo "Coadyuvar a que la utilización de los servicios de telecomunicaciones sean un instrumento para la defensa de la Revolución". Además, el Artículo 69 faculta a los operadores a interrumpir los servicios a quienes transmitan "información falsa, ofensiva o lesiva a la dignidad humana", o que afecten "la seguridad colectiva, el bienestar general, la moralidad pública y el respeto al orden público", lo que legitima los cortes de comunicación como represalia.
  • Código Penal: Las amenazas de ser procesada por "Propaganda contra el orden Constitucional" e "Instigación a delinquir" se basan en figuras delictivas diseñadas para criminalizar la libertad de expresión y el activismo cívico.

Este marco legal, en su conjunto, demuestra cómo el Estado cubano viola sus propias garantías constitucionales y los tratados internacionales, tratando el ejercicio de un derecho fundamental como un delito.

 

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

  • den seguimiento a este caso,
  • exijan responsabilidades al Estado cubano, y
  • refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

Web: https://iclep.org/

Redes Sociales: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/

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Email: observatorioiclep@gmail.com 

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