Kamil Zayas Pérez y Ernesto Ricardo Medina, integrantes del proyecto El4tico. Foto tomada de sus redes sociales.
Por ICLEP
Feb 14, 2026 | 8:15 AM
Holguín, Cuba — 14/02/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 6 de febrero en la provincia Holguín, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Ernesto Ricardo Medina y Kamil Zayas Pérez, integrantes del proyecto audiovisual El4tico, fueron objeto de una detención arbitraria durante un operativo policial en el que fueron víctimas del decomiso de los equipos que utilizaban para su labor y posteriormente acusados de los supuestos delitos de “propaganda contra el orden constitucional” e “instigación a delinquir”, como represalia por el contenido crítico y las denuncias audiovisuales que realizaban en redes sociales a través de su proyecto.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El incidente ocurrió a las 6 de la mañana en la vivienda de Ernesto Ricardo Medina, su esposa Doris Santiesteban y su hija pequeña, donde tenían el set del proyecto audiovisual. Al levantarse encontraron fuera de la vivienda cinco represores, dos vestidos de policía, una perito y dos supuestos testigos que a las claras eran de la Seguridad del Estado. Se presentaron con una orden de registro y procedieron a decomisar el celular de la esposa y del set de grabación se llevaron la laptop, audífonos, teclado, mouse, el trípode, la cámara y el router.
Ernesto Ricardo Medina fue detenido en el acto, mientras que en el caso de Kamil Zayas Pérez se desconocen las condiciones en que se produjo el arresto. Ambos fueron trasladados a la sede de Instrucción Penal de la provincia, conocida como “Todo el mundo canta”, un centro conocido por torturas, interrogatorios violento y abusos contra detenidos”.
Los jóvenes integrantes del proyecto El 4tico están siendo acusados por el régimen cubano por los supuestos delitos de “propaganda contra el orden constitucional” e “instigación a delinquir”.
El Tribunal Provincial Popular de Holguín admitió el 9 de febrero el recurso de habeas corpus presentado por Yanet Rodríguez Sánchez a favor de los jóvenes Kamil Zayas Pérez y Ernesto Ricardo Medina. Según el documento firmado por el presidente de la Sala Primera de lo Penal, Marcos Michel Betancourt Leyva, el tribunal dio curso al habeas corpus y ordenó a la Fiscalía Provincial de Holguín que se pronuncie de manera inmediata sobre la legalidad de la detención, las causas imputadas y las condiciones en que se encuentran ambos jóvenes, para lo cual se fijó una audiencia para el 12 de febrero en la que se debían presentar los expedientes e informes correspondientes al caso.
La audiencia se llevó a cabo bajo un fuerte operativo de la Policía Nacional Revolucionaria y agentes Seguridad del Estado vestidos de civil. En la calle lateral al tribunal se encontraba estacionado un camión de transporte de personas privadas de libertad. También se produjo un corte de internet en toda la zona para impedir cualquier tipo de comunicación.
A Yanet Rodríguez Sánchez, quien presentó el recurso habeas corpus, agentes del Ministerio del Interior (MININT) le impidieron salir de su domicilio cuando se disponía a comparecer en la audiencia. Agentes vinculados a la Dirección General de Inteligencia (DGI) sin identificarse le comunicaron que si intentaba salir de su vivienda sería detenida. Su calle se encontraba rodeada por personas que le impedían abandonar el lugar y una patrulla de policía y su acceso a internet era intermitente.
Tras la audiencia de habeas corpus, La Fiscalía Provincial de Holguín impuso una medida cautelar de prisión provisional contra Kamil Zayas Pérez y Ernesto Ricardo Medina. Para justificar la medida arbitraria sostuvo que “desde el espacio digital identificado como “El 4tico”, se realizaron publicaciones que incitan al pueblo, a los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del ministerio del Interior a cambiar el orden constitucional de la República de Cuba; y difaman sobre la actuación de instituciones políticas y sociales del país”.
El caso ha sido documentado a partir de publicaciones y denuncias en redes sociales de la ONG Ciudadanía y Libertad y el medio de prensa CubaNet, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho incluye varias violaciones:
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba establece garantías vinculadas al ejercicio de derechos fundamentales relacionados con la libertad de expresión, principios que resultan incompatibles con actos de censura, intimidación o represión estatal. En tal sentido, los hechos descritos en esta alerta violan el Artículo 54 de la carta magna según el cual “el Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”.
Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”.
De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.
El Estado cubano continúa utilizando mecanismos legales y extralegales para sostener un sistema de censura estructural, incluyendo normativas como el Decreto-Ley 370, que considera delitos y violaciones el “difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”, y el Decreto-Ley 35 que califica de alta peligrosidad todos aquellos “contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado, inciten a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público”.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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