Fragmento de la petición fiscal a los manifestantes de Nuevitas. Fuente: Observatorio Cubano de Derechos Humanos
Por ICLEP
Sep 25, 2023 | 1:55 PM
Camagüey, Cuba- La Fiscalía de Camagüey acusó el pasado viernes del delito de “propaganda enemiga” a Mayelín Rodríguez Prado y Yennis Artola del Sol, dos de las participantes en las protestas de agosto de 2002 en el municipio Nuevitas. Por este delito en específico, cuya aplicación en la práctica atenta contra la libertad de expresión de los individuos, les solicitan 10 años de privación de libertad.
En el caso de Mayelín Rodríguez, quien se identificaba en redes sociales como “La Chamaca del Chamaco Yaestaostinada”, fue acosada durante los días de la protesta y posteriormente detenida por transmitir en vivo las manifestaciones desde su perfil de Facebook y publicar declaraciones de niñas agredidas por la policía. A Yennis Artola, el delito de propaganda enemiga se le achaca por pintar carteles con frases contestarias y subir sus fotos a las redes.
El Código Penal cubano de 1987 define el delito propaganda enemiga – renombrado como propaganda contra el orden constitucional en su sucesor de 2019- como acciones orientadas a incitar contra “el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista, mediante la propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma”, la difusión de “noticias falsas o predicciones maliciosas tendentes a causar alarma o descontento en la población, o desorden público” así como la confección, distribución o posesión de “propaganda” con estas características. Si dichas acciones se realizan utilizando medios de difusión masiva, las penas pueden ser hasta de quince años de privación de libertad.
Tanto Rodríguez como Artola fueron detenidas pocos días después de las manifestaciones y posteriormente las trasladaron hacia la prisión de mujeres de Camagüey, conocida como Granja 5, donde han permanecido por alrededor de un año sin haber sido presentadas a juicio.
Las sanciones conjuntas solicitadas por Fiscalía a los 14 manifestantes juzgados rondan mayormente entre los 15 y los 10 años de privación de libertad. A solo dos acusados, Wilker Álvarez y Yennis Artola, no les fue imputado el delito de sedición. Otros de los delitos solicitados fueron atentado, resistencia, sabotaje, incumplimiento del deber de denunciar y encubrimiento.
Desde su reclusión en la prisión de mujeres de Camagüey, ambas presas políticas han sido sometidas a torturas psicológicas y malos tratos, recluidas junto a prisioneras de alta peligrosidad y privadas de una adecuada atención médica.