Armando Aguilera García. Foto: Facebook / Defensa DC
Por ICLEP
Mar 28, 2026 | 9:05 AM
Mayarí, Cuba — 28/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido en la cárcel Cuba Sí, que se registra en la fecha de la denuncia 9 de marzo, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión y a los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Armando Aguilera García, preso común, fue objeto de agresiones físicas, represalias y condiciones de reclusión degradantes, como castigo por denunciar las condiciones dentro del penal y ejercer su derecho a expresarse sobre violaciones de derechos humanos.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El incidente ocurrió en la prisión conocida como “Cuba Sí”, ubicada en El Yayal, municipio Mayarí, provincia Holguín, donde Armando Aguilera García permanece encarcelado pese a haber cumplido prácticamente la totalidad de una condena de 29 años de privación de libertad impuesta tras un intento de salida ilegal del país.
De acuerdo con la denuncia realizada por su esposa, Marcia Santana Helabert, el recluso habría sido víctima de agresiones físicas por parte de funcionarios penitenciarios como represalia directa por denunciar las condiciones degradantes dentro del penal. Estas condiciones incluyen la insuficiencia de alimentos, insalubridad en las áreas de reclusión y la falta de atención médica adecuada para los internos.
Tras las golpizas recibidas Aguilera García se declaró en protesta (“plantado”), lo que habría intensificado las represalias en su contra. Según el testimonio, las autoridades penitenciarias han respondido con nuevas agresiones, amenazas y maniobras engañosas relacionadas con su posible excarcelación, generando un contexto de presión psicológica y física constante.
La situación resulta especialmente grave debido a que el recluso padece diabetes y no está recibiendo la medicación ni el tratamiento médico necesarios para el control de su enfermedad, lo cual pone en riesgo su vida e integridad física.
El caso ha sido documentado a partir de las denuncias públicas realizadas por su esposa a la organización Defensa Cuba Decide, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
- Agresión física
- Ataques, amenazas y agresiones psicológicas
- Uso abusivo del poder estatal
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
La Constitución de la República de Cuba reconoce el derecho a la dignidad humana como valor supremo (Artículo 40), así como el derecho a la integridad física y moral y a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes (Artículos 46 y 51). Asimismo, garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión (Artículo 54) y el acceso a la información (Artículo 53), derechos que resultan vulnerados cuando una persona es castigada por denunciar condiciones de vida o violaciones dentro de un centro penitenciario.
De igual forma, el Artículo 60 establece que el Estado debe garantizar el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad y su adecuada atención dentro del sistema penitenciario, lo cual resulta incompatible con las denuncias de golpizas, negligencia médica y condiciones insalubres documentadas en este caso.
Además, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”.
De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de las agresiones, represalias y negligencia médica contra Armando Aguilera García, así como el respeto a su integridad física y a sus derechos como persona privada de libertad, y exige garantías efectivas para que los reclusos puedan denunciar condiciones carcelarias sin sufrir castigos o represalias, y demanda atención médica adecuada e inmediata acorde a su condición de salud.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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