Yurisnel Domenech Atencio. Captura de video de su perfil en Facebook.
Por ICLEP
Feb 23, 2026 | 7:10 PM
Bayamo, Cuba — 23/02/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 17 de febrero en Bayamo, Granma, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, el ciudadano Yurisnel Domenech Atencio fue objeto de una citación policial, interrogatorio, amenazas e imposición de una multa, como represalia por sus publicaciones en redes sociales.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El día 17 de febrero de 2024, el ciudadano Yurisnel Domenech Atencio fue citado a la Unidad Provincial de Instrucción de Bayamo, en la provincia de Granma. En dichas instalaciones, fue sometido a un interrogatorio por parte de funcionarios de la Seguridad del Estado y del Ministerio del Interior.
Durante el interrogatorio, los agentes le comunicaron la imposición de una multa de tres mil pesos cubanos, acusándolo de violar el Decreto-Ley 370, específicamente en su artículo 68, inciso i, como represalia directa por las denuncias que había realizado a través de sus redes sociales.
Además de la sanción económica, Domenech Atencio fue objeto de graves amenazas y coacción psicológica: los funcionarios le advirtieron que de continuar expresando sus opiniones y denunciando en plataformas digitales, podría enfrentar penas de cárcel, así como el decomiso de su teléfono móvil y su línea.
Le manifestaron explícitamente que las redes sociales no eran el canal adecuado para sus denuncias, confirmando así que el acto represivo fue una represalia directa por el ejercicio de su libertad de expresión.
Todo lo ocurrido fue documentado y denunciado públicamente por el propio Yurisnel Domenech Atencio en un video testimonial publicado el 18 de febrero, material que ha sido verificado y registrado por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP.
El caso ha sido documentado a partir de la denuncia de la víctima en un video publicado en sus redes sociales, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba establece garantías vinculadas al ejercicio de derechos fundamentales relacionados con la libertad de expresión, principios que resultan incompatibles con actos de censura, intimidación o represión estatal. En tal sentido, los hechos descritos en esta alerta violan el Artículo 54 de la carta magna según el cual “el Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”.
Asimismo, estos hechos violan flagrantemente el marco internacional de derechos humanos. La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”. De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.
El Estado cubano utiliza un andamiaje legal diseñado para anular estas garantías y sostener un sistema de censura estructural. Para ello, se ampara en normativas restrictivas, aplicadas de forma discrecional para reprimir y sancionar a ciudadanos por ejercer su libertad de expresión. En el presente caso, se ha hecho referencia al Decreto-Ley 370/2018 ("Sobre la Informatización de la Sociedad en Cuba"), específicamente su Artículo 68, inciso i), el cual califica como contravención el "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas". La ambigüedad de estos términos permite su uso arbitrario contra cualquier opinión que el poder considere incómoda.
Este marco represivo se complementa con el Decreto-Ley 35/2021 ("De las Telecomunicaciones"), que en su Artículo 15 impone a los usuarios el deber de no "transmitir informes o noticias falsas" o información "lesiva a la dignidad humana", la "moralidad pública" y el "respeto al orden público".
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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