logotipo ICLEP

Citaciones policiales tras cacerolazo en San Antonio de los Baños evidencian represalias por protestas contra apagones

Citación policial entregada a Jorge Luis González Ibarra. Foto: Facebook / Cubalex.

Por ICLEP

Feb 27, 2026 | 10:00 PM


Artemisa, Cuba — 27/02/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 23 de febrero de 2026 en San Antonio de los Baños, provincia Artemisa, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, los ciudadanos Jorge Luis González Ibarra y Yandiel Fleitas, ambos residentes en la localidad, fueron objeto de citación policial, a raíz de un cacerolazo ocurrido la noche del 22 de febrero, en medio de los prolongados apagones en toda Cuba.

 

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente se produjo tras un cacerolazo registrado en San Antonio de los Baños la noche del domingo 22 de febrero de 2026. La manifestación tuvo lugar en medio de extensos cortes eléctricos que han generado malestar e inconformidad en la población local.

Tras la protesta, dos ciudadanos, Jorge Luis González Ibarra y Yandiel Fleitas, fueron citados para comparecer el lunes 23 de febrero a las 9:00 a.m. en la unidad de la PNR del municipio.

Hasta el momento de esta alerta se desconocen los detalles de lo ocurrido durante la citación policial, ni ha trascendido si existen otras personas citadas o detenidas como consecuencia del cacerolazo. Tampoco se ha informado si contra los ciudadanos pesa acusación formal alguna.

El caso ha sido documentado a partir de la denuncia realizada por la organización Cubalex, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

  • Ataques, amenazas y agresiones psicológicas

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

La Constitución de la República de Cuba reconoce en su Artículo 54 la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, estableciendo que el Estado debe respetar y garantizar este derecho. Asimismo, el Artículo 56 reconoce los derechos de reunión y manifestación con fines lícitos y pacíficos, siempre que se ejerzan con respeto al orden público y conforme a la ley. Un cacerolazo como forma de expresión ciudadana frente a problemáticas sociales, sin que medien actos de violencia, se inscribe en el ámbito de protección de este derecho.

En el plano internacional, los hechos descritos vulneran la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19 que establece el derecho de toda persona a investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio y sin limitación de fronteras, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, que protege el derecho a no ser molestado por causa de las opiniones y garantiza la libertad de expresión. Asimismo, su Artículo 21 reconoce el derecho de reunión pacífica.

El uso de citaciones policiales como mecanismo de intimidación ante expresiones pacíficas de descontento resulta incompatible con estos estándares y con el propio texto constitucional cubano.

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

  • den seguimiento a este caso,
  • exijan responsabilidades al Estado cubano, y
  • refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

Web: https://iclep.org/

Redes Sociales: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/

https://x.com/iclep   

Email: observatorioiclep@gmail.com 

0 Comentarios

Añadir comentario
Barómetro