Andy Michel Osorio Velázquez. Foto: Facebook / Yeni Osorio.
Por ICLEP
Apr 9, 2026 | 8:55 AM
Sagua de Tánamo, Cuba — 09/04/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 2 de abril en Sagua de Tánamo, provincia de Holguín, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión y de prensa en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Andy Michel Osorio Velázquez, ciudadano, instructor de arte y trabajador de la Casa de la Cultura de Sagua de Tánamo, fue objeto de detención arbitraria, traslado forzoso a otra provincia, interrogatorios y encarcelamiento, como represalia por la supuesta autoría de grafitis en espacios públicos con mensajes antigubernamentales, hechos que sus familiares niegan categóricamente y para los cuales las autoridades no encontraron prueba alguna.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
En semanas previas al 2 de abril, habían aparecido en el municipio de Sagua de Tánamo —perteneciente a la provincia de Holguín— carteles con mensajes críticos al gobierno cubano, entre ellos consignas contra el comunismo y demandas de libertad y alimentos.
Con anterioridad a la detención, Andy Michel Osorio Velázquez ya había sido objeto de presiones en su centro de trabajo —la Casa de la Cultura de Sagua de Tánamo— donde las autoridades intentaron vincularlo con dichos carteles. En esa ocasión, él negó cualquier participación en los hechos.
El 2 de abril, aproximadamente a las 11:00 a.m., agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) se presentaron en el centro de trabajo y en la vivienda familiar de Andy Michel Osorio Velázquez y procedieron a realizar un registro domiciliario. Según relato de sus familiares, en dicho registro no se encontró ninguna evidencia que lo vinculara con la elaboración o colocación de los carteles.
No obstante la ausencia de pruebas, Andy Michel fue detenido ese mismo día y conducido a una unidad de la PNR en el municipio, donde permaneció bajo custodia policial.
A las 9:00 p.m. del propio 2 de abril, Andy Michel Osorio Velázquez fue trasladado desde Sagua de Tánamo a la ciudad de Holguín, e ingresado en la prisión provincial conocida popularmente como "Todo el mundo canta".
Según la denuncia pública de su hermana Janet Lizandra Osorio Velázquez, durante el proceso de detención Andy Michel opuso resistencia verbal y física, motivado por considerar que la acusación era injusta. Un primo de la víctima, Erick Luis Osorio, también intentó defenderlo y fue objeto de agresión física por parte de los agentes —"lo estrujaron todo", según palabras de la familiar—, siendo detenido brevemente y posteriormente liberado, aunque fue citado a comparecer ante la policía al día siguiente.
Agentes de la Seguridad del Estado informaron explícitamente a Andy Michel que "sabían que era un gusano igual que su hermana", y que todos los teléfonos de la familia se encontraban intervenidos (pinchados), lo que configura un patrón de vigilancia sistemática y hostigamiento por razones ideológicas.
Familiares de la víctima denuncian que Andy Michel podría estar siendo objeto de maltratos físicos y psicológicos durante los interrogatorios en Holguín, sin que haya acceso a asistencia legal ni comunicación fluida con sus seres queridos.
Andy Michel Osorio Velázquez es descrito por su familia como un joven con conducta irreprochable y sin antecedentes penales, dedicado profesionalmente a la instrucción artística, sin historial de conflictos con las autoridades.
El caso ha sido documentado por nuestros observadores a partir de publicaciones en redes sociales de Janet Lizandra Osorio Velázquez, hermana de la víctima, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba reconoce en su Artículo 96 la inviolabilidad del domicilio, al establecer que los registros solo pueden realizarse con los requisitos y las formalidades que la ley prescribe. En el caso de Andy Michel Osorio Velázquez, el registro domiciliario no arrojó prueba alguna, y aun así procedió la detención, lo que constituye una flagrante violación de esta garantía. Asimismo, el Artículo 94 reconoce el derecho a la libertad personal y establece que nadie puede ser privado de libertad sino en los casos y con las formalidades que establece la ley. La detención producida sin evidencias que sustenten cargo alguno contradice este principio.
El Artículo 55 reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La persecución de un ciudadano por su supuesta vinculación con expresiones de protesta pública —sin prueba alguna de autoría— vulnera directamente estos preceptos. Adicionalmente, la vigilancia sistemática de comunicaciones familiares confesada por los propios agentes estatales contraviene el Artículo 97, que consagra el derecho a la inviolabilidad y el secreto de las comunicaciones.
Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a "investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio".
De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras. Su Artículo 9 establece que nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitraria, y que toda persona detenida deberá ser informada de las razones de su detención y tendrá derecho a ser juzgada sin demora. Su Artículo 7 prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, lo que adquiere especial relevancia ante las denuncias de posibles maltratos en prisión.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige la liberación inmediata e incondicional de Andy Michel Osorio Velázquez, cuya detención carece de base probatoria y responde a motivaciones políticas e ideológicas. Exige igualmente que cesen de inmediato las presiones, vigilancias, amenazas y represalias contra sus familiares, en particular contra su hermana Janet Lizandra Osorio Velázquez, quien ha ejercido su legítimo derecho a denunciar públicamente la situación.
El ICLEP rechaza con firmeza la práctica de detener a ciudadanos sin pruebas, trasladarlos a centros de reclusión alejados de sus comunidades y someter a sus familias a intimidación sistemática como método para silenciar la disidencia y el pensamiento crítico. La vigilancia ilegal de comunicaciones privadas, confesada abiertamente por agentes del Estado, constituye además una grave violación de derechos fundamentales que el ICLEP condena en los términos más enérgicos.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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