Eliecer Bandera Barrera y su esposa. Foto / ICLEP
Por ICLEP
Mar 21, 2026 | 1:15 PM
Santiago de Cuba, Cuba — 21/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 9 de enero en Santiago de Cuba, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Eliecer Bandera Barrera, miembro de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) y expreso político, fue objeto de detención arbitraria, amenazas, extorsión y registro domiciliario sin orden judicial, como represalia por el presunto señalamiento de colocar carteles contra el régimen y por su activismo opositor. Su esposa, Jordania Heidi Ramírez, también fue víctima de amenazas, hostigamiento y presiones por parte de agentes de la Seguridad del Estado.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El incidente ocurrió en horas de la mañana del 9 de enero, cuando Eliecer Bandera Barrera y su esposa salían de su vivienda, ubicada en el reparto Flores, en Santiago de Cuba, con destino a un trabajo en el poblado de Santa Elena.
En ese momento, un individuo que se identificó con un carné del Departamento Técnico de Investigaciones (DTI) les ordenó detenerse. Acto seguido, un operativo compuesto por varios agentes, una motocicleta y un vehículo interceptó a la pareja. Los agentes procedieron a detener a Bandera Barrera sin explicarle los motivos, a pesar de su insistencia en que no había cometido delito alguno.
Durante el registro de sus pertenencias, los agentes encontraron en un bolso alimentos y utensilios de uso doméstico, incluyendo un cuchillo de mesa, el cual fue utilizado como pretexto para su detención. Posteriormente, fue trasladado a la unidad policial conocida como “Operaciones”, en el Alto de Versalles, donde permaneció retenido dentro de un vehículo durante aproximadamente 45 minutos.
Más tarde, fue obligado a realizar pruebas caligráficas, en las que los agentes le indicaron escribir palabras como “Viva”, “UNPACU”, “Canel”, “Abajo” y “Vengan”, en un intento de vincularlo con carteles antigubernamentales aparecidos en la zona.
Posteriormente fue trasladado a la unidad policial conocida como la Motorizada (Aguilera), donde permaneció detenido en calabozos varios días. Durante ese período, fue objeto de presiones para que incriminara a otras personas, indicándole que si proporcionaba nombres, eliminarían las acusaciones en su contra relacionadas con el supuesto “arma blanca”.
Tres día después fue trasladado a otra unidad policial conocida como “El Palacete”, donde se le informó que debía pagar una fianza de 150,000 pesos para obtener su liberación, cifra totalmente desproporcionada e inalcanzable para él. Las autoridades le reiteraron que, si cooperaba proporcionando nombres de supuestos implicados, las acusaciones desaparecerían, configurando un claro acto de extorsión.
Finalmente, tras varios días de detención y sin que se le probara delito alguno, fue liberado con una fianza reducida a 1,000 pesos, luego de que las autoridades reconocieran implícitamente la falta de pruebas en su contra. No obstante, se le advirtió sobre la posible imposición de una multa elevada en el futuro.
Paralelamente, su esposa, Jordania Heidi Ramírez, fue víctima de presiones por parte de agentes de la Seguridad del Estado, quienes intentaron obligarla a incriminar a su esposo. Un agente identificado con el apellido Fonseca le ofreció “salvarlo” a cambio de proporcionar nombres de personas vinculadas a él. Ante su negativa, fue sometida a intimidación psicológica y difamación, incluyendo acusaciones falsas contra su esposo, con el objetivo de quebrar su resistencia.
Asimismo, la vivienda de la pareja fue objeto de un registro exhaustivo sin orden judicial. Durante el operativo, numerosos agentes y peritos revisaron minuciosamente cada espacio del hogar, removiendo objetos, levantando piedras del patio, inspeccionando pertenencias personales y desorganizando completamente la vivienda, sin encontrar evidencia incriminatoria.
Durante este proceso, los agentes profirieron ofensas y acusaciones infundadas contra Bandera Barrera, incluyendo señalamientos graves de carácter personal, con el objetivo de intimidar a su esposa y obtener información.
La familia también denunció prácticas de corrupción dentro del sistema policial, incluyendo la exigencia de pagos o sobornos para permitir la entrega de alimentos o asistencia básica a detenidos.
El caso ha sido documentado por nuestros observadores en Cuba a partir de testimonios directos de las víctimas, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
- Detención arbitraria
- Ataques, amenazas y agresiones psicológicas
- Uso abusivo del poder estatal
- Reclusión o privación de libertad
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En el marco de la Constitución Cubana, se vulnera el Artículo 54, que reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión; el Artículo 56, que protege los derechos de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos; y el Artículo 40, que establece la dignidad humana como valor supremo del orden jurídico. Asimismo, se transgreden el Artículo 48, relativo a la integridad física y moral de las personas; el Artículo 49, que protege la libertad personal; el Artículo 50, que prohíbe tratos crueles, inhumanos o degradantes; el Artículo 95, que garantiza el debido proceso; y el Artículo 97, que regula la inviolabilidad del domicilio y exige orden legal para su registro.
Estas garantías resultan incompatibles con la detención arbitraria de Eliecer Bandera Barrera, las presiones para que incrimine a terceros, las amenazas contra su esposa, y el registro domiciliario ejecutado sin orden judicial, así como con las prácticas de extorsión y difamación documentadas.
De igual forma, estas acciones se sustentan en el uso discrecional y abusivo de figuras del Código Penal cubano, como los delitos de “propaganda contra el orden constitucional”, “desacato”, “desórdenes públicos” o “instigación a delinquir”, tipificaciones que suelen emplearse de manera amplia e imprecisa para criminalizar el ejercicio pacífico de la libertad de expresión y el activismo político. En este caso, la acusación relacionada con la supuesta colocación de carteles constituye un ejemplo de cómo estas figuras penales son utilizadas como herramienta de persecución política.
En el plano internacional, se vulnera el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reconoce el derecho a investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio. Igualmente, el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege el derecho a la libertad de expresión sin interferencias, y el Artículo 17 resguarda a las personas contra injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia y su domicilio.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de la persecución, hostigamiento y criminalización contra Eliecer Bandera Barrera y su entorno familiar, así como el fin de las prácticas de intimidación, extorsión y manipulación utilizadas por la Seguridad del Estado en este caso.
Asimismo, demanda que se garantice la integridad física y psicológica de las víctimas, el respeto a su derecho al debido proceso y la anulación de cualquier medida administrativa o sanción derivada de acusaciones sin fundamento.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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