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Detenido durante más de nueve horas el periodista y escritor Jorge Fernández Era

Jorge Fernández Era. Foto tomada de su perfil en Facebook.

Por ICLEP

Mar 31, 2026 | 8:35 AM


La Habana, Cuba — 31/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 18 de marzo en el municipio Diez de Octubre, La Habana, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, el escritor u periodista Jorge Fernández Era, fue objeto de detención arbitraria y hostigamiento por parte de agentes de la Seguridad del Estado y de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), para evitar que realizara cualquier protesta pacífica como las que realiza junto a otros activistas cubanos cada día 18 exigiendo cambios constitucionales al régimen cubano.

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente ocurrió el 18 de marzo, alrededor de las 2:15 de la tarde, cuando Jorge Fernández Era salió de su vivienda en el municipio Diez de Octubre, La Habana, y se dirigió hacia el parque Santos Suárez en busca de cigarrillos. Tras recorrer varias cafeterías sin éxito, fue interceptado en la intersección de Santa Emilia, entre San Indalecio y Rabí.

Agentes de la Seguridad del Estado y de la PNR —cuatro en total, dos de cada cuerpo— ejecutaron su detención de manera arbitraria, sin mostrar orden judicial ni ofrecer una causa legítima. Según el testimonio, fue requerido por su carnet de identidad y obligado a subir a un carro patrullero bajo el argumento de que su comportamiento “resultaba sospechoso” por desplazarse entre cafeterías.

La víctima fue esposada en la vía pública y retenida inicialmente en la zona de Serrano esquina a Santa Emilia, mientras los agentes coordinaban su traslado. Posteriormente fue conducido a la unidad policial de Zanja, en Centro Habana, pese a que sus datos fueron registrados en otra estación policial (Lawton), lo cual evidencia irregularidades en el procedimiento.

Durante el traslado y la detención, agentes de la Seguridad del Estado lo filmaron, generando un ambiente de intimidación pública. El ciudadano permaneció detenido durante varias horas, siendo recluido en calabozos en condiciones precarias, primero en una celda vacía y luego en otra donde permaneció solo, con condiciones insalubres.

A las 10:00 de la noche fue conducido a un interrogatorio con un teniente coronel de la Seguridad del Estado, quien intentó presionarlo para que desistiera de sus posturas críticas, acusándolo de actuar contra la Revolución y de ser un supuesto “mercenario”. Durante el intercambio, el detenido denunció la falta de justificación legal de su arresto y rechazó reconocer autoridad en ausencia de fundamentos legales.

Finalmente, fue liberado a las 11:33 de la noche del mismo día, tras más de nueve horas de detención arbitraria, en un contexto marcado por presión psicológica, amenazas implícitas y vigilancia previa, ya que los propios agentes reconocieron haber estado siguiéndolo desde la madrugada.

Posteriormente, el 28 de marzo cuando pretendía salir del país con destino España junto a su esposa, se registró un nuevo acto de hostigamiento contra el periodista en el Aeropuerto Internacional José Martí. Según su testimonio, fue llamado por el sistema de audio del aeropuerto para presentarse ante las autoridades aduanales, donde fue sometido públicamente a una revisión exhaustiva de sus pertenencias sin justificación aparente, en un procedimiento que tuvo un claro carácter intimidatorio y humillante.

Tras la requisa, fue conducido a una oficina donde fue nuevamente interrogado por agentes de la Seguridad del Estado, incluyendo al mismo teniente coronel que lo había interrogado previamente el 18 de marzo, así como otro agente identificado como Evelio, al que conoce de interrogatorios previos. Durante este nuevo encuentro, el periodista fue sometido a presión psicológica, en un intento de intimidarlo y condicionar su conducta.

El hecho evidencia la continuidad del hostigamiento estatal, mediante vigilancia, control migratorio y acciones de acoso en espacios públicos estratégicos como aeropuertos, utilizados como mecanismos de presión contra voces críticas.

El caso ha sido documentado a partir del testimonio directo de Fernandez Era difundido en redes sociales e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

- Detención arbitraria

- Ataques, amenazas y agresiones psicológicas

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

En la Constitución de la República de Cuba se vulneran de forma directa varias garantías fundamentales. En particular, el Artículo 54 reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, mientras que el Artículo 55 establece la libertad de prensa. Asimismo, el Artículo 52 protege la libertad de movimiento y el Artículo 46 garantiza la libertad personal e integridad física y moral. A su vez, el Artículo 95 establece garantías del debido proceso, incluyendo el derecho a no ser privado de libertad sin causa legal, a ser informado de los motivos de la detención y a recibir un trato digno.

Estas garantías resultan incompatibles con la detención arbitraria, el interrogatorio coercitivo y la vigilancia sin base legal sufridos por la víctima.

Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”.

De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas sistemáticas y la garantía plena del derecho de periodistas y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

Web: https://iclep.org/

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Email: observatorioiclep@gmail.com

 

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