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Detenido y amenazado con deportación interna artista cubano tras protestas en La Habana

Dayán Melián Castro: Foto: Redes Sociales.

Por ICLEP

Mar 18, 2026 | 4:30 PM


La Habana, Cuba — 18/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 11 de marzo en La Habana, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Dayán Melián Castro, artista visual, fue objeto de detención arbitraria, como represalia por participar en protestas ciudadanas relacionadas con la crisis eléctrica y ejercer su derecho a expresarse en el espacio público.

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente ocurrió el 11 de marzo de 2026 en La Habana, en el contexto de protestas ciudadanas que se extendieron durante al menos seis días consecutivos debido a los prolongados apagones eléctricos.

Agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) detuvieron al artista visual Dayán Melián Castro durante una de estas manifestaciones. Inicialmente fue trasladado a la estación policial de El Capri.

Posteriormente, se le impuso una multa, la cual fue pagada por su familia, con comprobante incluido. Sin embargo, pese al pago de dicha sanción administrativa, las autoridades se negaron a liberarlo y procedieron a mantenerlo bajo custodia.

De acuerdo con el testimonio de su entorno cercano, en particular de su amiga Laura Núñez, las autoridades informaron que existía una orientación de deportar hacia sus provincias de origen a los manifestantes que no tuvieran dirección oficial en La Habana. En este caso, aunque Melián Castro reside desde hace aproximadamente diez años en la capital, aún figura oficialmente con dirección en Camagüey.

Dayán fue trasladado el 15 de marzo al centro de detención conocido como “El Vivac”, con el propósito de ejecutar su deportación forzosa hacia Camagüey, pese a no contar con redes familiares o de apoyo en ese territorio.

Durante su detención, las autoridades incurrieron en irregularidades adicionales: inicialmente negaron el pago de la multa, obligando a su madre a realizar nuevas gestiones para demostrar el pago; posteriormente, exigieron el pago de una suma adicional extremadamente elevada (7,000 pesos) como supuesta fianza, sin garantías de liberación.

El caso ha sido documentado a partir de las denuncias del Observatorio de Derechos Culturales y el testimonio de la amiga ofrecido al medio Martí Noticias, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

- Detención arbitraria

- Ataques, amenazas y agresiones psicológicas

- Uso abusivo del poder estatal

- Reclusión o privación de libertad

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba reconoce expresamente derechos fundamentales que han sido vulnerados en este caso. El Artículo 54 establece que el Estado “reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”. El Artículo 56 protege el derecho de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos y pacíficos, y el Artículo 52 garantiza la libertad de movimiento y residencia dentro del territorio nacional.

De igual forma, el Artículo 95 consagra garantías del debido proceso, incluyendo el derecho a no ser privado de libertad arbitrariamente, a ser informado de los cargos y a comunicarse con familiares, todas ellas vulneradas en el presente caso.

La detención sin acusación formal, la imposición irregular de sanciones económicas, así como la deportación interna basada en el lugar de origen administrativo, constituyen violaciones directas a estos preceptos constitucionales.

Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”.

De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige la liberación inmediata de Dayán Melián Castro, el cese de su detención arbitraria y la anulación de cualquier medida de deportación interna o sanción económica impuesta de forma irregular.

Asimismo, demanda el fin del uso de mecanismos de control territorial como forma de castigo contra ciudadanos que ejercen su derecho a la protesta pacífica y a la libre expresión.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

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