Lázaro Pérez Rodríguez y Luis Sotolongo Iglesias. Fotos: ICLEP.
Por ICLEP
Mar 2, 2026 | 12:15 PM
Villa Clara, Cuba — 01/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido este 1 de marzo de 2026 en el reparto Dobarganes, provincia Villa Clara, que constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de prensa en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, los colaboradores del medio comunitario Páginas Villareñas, Lázaro Pérez Rodríguez y Luis Sotolongo Iglesias, fueron objeto de detención arbitraria, amenazas y confiscación de materiales y equipos, como represalia por distribuir la edición 137 del boletín informativo del ICLEP.
Hechos documentados
Según el registro del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El incidente ocurrió aproximadamente a las 2:20 p.m. del 1 de marzo de 2026, cuando ambos colaboradores realizaban la distribución pacífica del boletín en la calle 1ra del reparto Dobarganes.
Agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), junto a dos oficiales de la Seguridad del Estado, interceptaron a los colaboradores, los esposaron e introdujeron en la patrulla #276, trasladándolos a la 4ta unidad policial ubicada en el área conocida como Abel Santamaría.
Los colaboradores permanecieron detenidos durante aproximadamente seis horas, incomunicados.
Durante la detención fueron decomisados aproximadamente 60 ejemplares del boletín, dos teléfonos celulares, una mochila, un bolso con dos pomos de agua, dinero en efectivo y documentos de identidad.
Los detenidos fueron interrogados por oficiales que se identificaron como “Ariel” y “Ernesto”, así como por otro oficial que no ofreció su nombre. Las preguntas se centraron en el funcionamiento interno del ICLEP, fuentes de financiamiento, impresión del boletín y responsables editoriales.
Antes de su liberación, recibieron amenazas explícitas de ser procesados penalmente por los presuntos delitos de “Usurpación de funciones públicas” y “Violación del orden constitucional”, informándoles además que se encontraban bajo investigación y serían citados nuevamente.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a nuestra metodología de documentación de violaciones.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
El ICLEP clasifica este hecho como una violación correspondiente a los indicadores:
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano, particularmente contra medios comunitarios que documentan problemáticas locales no abordadas por la prensa oficial.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
La Constitución de la República de Cuba reconoce garantías vinculadas al ejercicio de la libertad de pensamiento, expresión y acceso a la información (Artículos 54 y 55), principios que resultan incompatibles con detenciones arbitrarias, confiscaciones y amenazas por la simple distribución de información impresa.
Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio.
De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.
La utilización de figuras penales ambiguas como “usurpación de funciones públicas” o “violación del orden constitucional” contra colaboradores que distribuyen un boletín comunitario evidencia un uso instrumental del derecho penal como mecanismo de intimidación y censura.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige:
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y distribuir información comunitaria son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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