David Espinosa. Foto tomada de su perfil en Facebook.
Por ICLEP
Mar 12, 2026 | 9:15 AM
La Habana, Cuba — 12/03/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el 7 de marzo en el entorno digital contra un activista cristiano cubano, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, el activista cristiano David Espinosa fue objeto de un reporte masivo coordinado que llevó al hackeo de su cuenta en Facebook, como represalia por su activismo religioso y contenido crítico sobre la realidad política y social de Cuba en redes sociales.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El activista cristiano denunció públicamente que su cuenta personal de Facebook —una cuenta que utiliza desde hace muchos años y que nunca ha cambiado— fue objeto de un reporte masivo que provocó restricciones en su funcionamiento, impidiéndole temporalmente comentar o interactuar con normalidad dentro de la plataforma.
De acuerdo con su testimonio, la propia red social le informó que la limitación es temporal y que la cuenta volverá gradualmente a la normalidad, lo que confirma que el bloqueo se produjo tras múltiples denuncias coordinadas contra su perfil.
El activista explicó que mantiene altos niveles de seguridad en todas sus redes sociales, por lo que considera que el incidente no se debe a vulnerabilidades de la cuenta, sino a una acción deliberada de hostigamiento digital.
En su denuncia pública, el afectado afirmó que esta acción estaría motivada por su actividad religiosa y sus denuncias críticas, tanto en espacios físicos como en plataformas digitales. Según sus palabras, sectores afines al régimen cubano “temen a la iglesia en la calle predicando el evangelio”, lo que explicaría la organización de ataques digitales contra su perfil.
Este incidente evidencia un patrón creciente de hostigamiento digital contra voces independientes, líderes religiosos y activistas en Cuba, mediante campañas de reporte coordinado que buscan provocar bloqueos o limitaciones en plataformas digitales, afectando así la libertad de expresión y la capacidad de difusión de sus mensajes.
El caso ha sido documentado por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP a partir de las declaraciones públicas del propio activista y de su denuncia en redes sociales, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
- Restricciones en el espacio digital
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
La Constitución de la República de Cuba reconoce formalmente diversas garantías relacionadas con la libertad de pensamiento, expresión y religión, las cuales resultan incompatibles con prácticas de censura o hostigamiento digital contra ciudadanos por sus opiniones o creencias.
En particular:
- Artículo 54: establece que el Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión.
- Artículo 57: reconoce el derecho de toda persona a profesar, cambiar o practicar la religión de su preferencia con respeto a las demás creencias.
- Artículo 53: establece el derecho de las personas a buscar, recibir y acceder a información.
El hostigamiento digital y las acciones coordinadas para silenciar perfiles en redes sociales contradicen estos principios constitucionales al obstaculizar el ejercicio real de la libertad de expresión y de religión.
Asimismo, se vulneran la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, que consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, que prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.
Al mismo tiempo, el Estado cubano sostiene un sistema de control del espacio digital mediante normativas restrictivas que han sido ampliamente utilizadas para justificar la censura en internet.
Entre ellas destacan:
Decreto-Ley 370 sobre la informatización de la sociedad, cuyo Artículo 68 inciso i) sanciona la difusión en redes de información considerada “contraria al interés social, la moral o las buenas costumbres”, una formulación ambigua utilizada frecuentemente para penalizar expresiones críticas o independientes.
Asimismo, el Decreto-Ley 35 de telecomunicaciones, junto con sus regulaciones complementarias, clasifica como incidentes de ciberseguridad la difusión de contenidos considerados “subversivos”, “desestabilizadores” o “contrarios al orden constitucional”, lo que permite justificar acciones de vigilancia, censura o restricción de cuentas digitales.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese de las prácticas de hostigamiento digital contra activistas, líderes religiosos y ciudadanos cubanos, así como el respeto efectivo a la libertad de expresión y de religión en el espacio digital.
El ICLEP insta al Estado cubano a:
- abstenerse de promover o tolerar campañas coordinadas de censura o silenciamiento en redes sociales,
- garantizar que los ciudadanos puedan expresar sus creencias religiosas y opiniones sin represalias,
- y revisar el marco legal que permite el uso arbitrario de normas como el Decreto-Ley 370 y el Decreto-Ley 35 para restringir el debate público en internet.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
- den seguimiento a este caso,
- exijan responsabilidades al Estado cubano, y
- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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