Moisés Legrá Díaz. Foto: Facebook / Anamely Ramos.
Por ICLEP
Feb 26, 2026 | 9:50 AM
La Habana, Cuba — 26/02/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 13 de febrero de 2025 en el municipio Arroyo Naranjo, La Habana, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.
De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, Moisés Legrá Díaz, ciudadano cubano y padre de familia, fue objeto de detención arbitraria y permanece incomunicado en Villa Marista, como represalia por expresarse en un espacio público mediante la escritura de la frase “Patria y Vida” en un muro cercano al tribunal de La Palma, en Arroyo Naranjo.
Hechos documentados
Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
El 5 de febrero de 2025, Moisés Legrá Díaz escribió la frase “Patria y Vida” en un muro público ubicado en las inmediaciones del tribunal de La Palma, en el municipio Arroyo Naranjo, La Habana, cansado de las penurias que vive la sociedad cubana. De acuerdo con la denuncia pública, el ciudadano no cometió ningún acto violento ni causó daños a persona alguna; su acción consistió únicamente en la expresión de una consigna en un espacio público.
El día 13 de febrero fue citado por las autoridades bajo el pretexto de asistir a “una entrevista”. Sin embargo, al presentarse, fue arrestado en lo que ha sido descrito como una encerrona organizada por agentes de la Seguridad del Estado. La detención ocurrió en presencia de su esposa, quien se encuentra embarazada y con riesgo de aborto, situación que agravó el impacto emocional del procedimiento.
Tras el arresto, fue trasladado al centro de detención de Villa Marista, sede de la Seguridad del Estado en La Habana, donde permanece incomunicado. Desde entonces no se le ha permitido contacto regular con su familia ni acceso transparente a información sobre su situación jurídica.
Luego de siete días incomunicado, las autoridades autorizaron una visita el 20 de febrero de apenas cinco minutos, bajo estricta supervisión a su madre y esposa en la que pudieron constatar que se encontraba visiblemente deteriorado y en estado de debilidad física con mucha hambre.
Aunque Moisés Legrá Díaz reconoció haber escrito la frase en el muro, las autoridades intentan ahora imputarle la autoría de otros carteles similares y lo acusan del presunto delito de “propaganda contra el orden constitucional”.
Legrá Díaz es padre de tres hijos y espera el nacimiento de un cuarto. Es el único sustento económico de su familia, lo que agrava el impacto social y humano de su privación de libertad.
El caso ha sido documentado a partir de la denuncia pública realizada en redes sociales por la activista Anamely Ramos y las declaraciones de su madre Elizabeth Díaz al medio Martí Noticias, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:
y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En el ámbito interno, la actuación de las autoridades vulnera directamente el Artículo 54 de la Constitución de la República de Cuba, que reconoce, respeta y garantiza a todas las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La detención y el posible procesamiento penal de un ciudadano por escribir una consigna política en un muro público constituye una restricción desproporcionada e incompatible con ese reconocimiento constitucional.
La privación de libertad en condiciones de incomunicación también compromete el Artículo 46, que protege el derecho a la libertad y a la integridad física y moral, así como el Artículo 95, que garantiza en el proceso penal la presunción de inocencia, la asistencia letrada desde el inicio del procedimiento y la comunicación inmediata con familiares en caso de detención.
Del mismo modo, se vulnera el Artículo 94, que consagra el derecho al debido proceso y a no ser privada una persona de sus derechos sino por resolución fundada de autoridad competente, con las debidas garantías.
La imputación por el supuesto delito de “propaganda contra el orden constitucional” se apoya en disposiciones del Código Penal relativas a los delitos contra el orden constitucional, que han sido utilizadas de forma amplia para sancionar expresiones pacíficas de carácter político, extendiendo el ámbito punitivo más allá de conductas que impliquen violencia o amenaza real.
En el plano internacional, estos hechos contravienen el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reconoce el derecho de toda persona a investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio, así como el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que protege el derecho a no ser molestado por sus opiniones y a expresar libremente sus ideas. La criminalización de una expresión política no violenta resulta incompatible con estos estándares y evidencia una práctica de restricción estructural del derecho a la libertad de expresión.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:
La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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