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Preso político del 11J en celda de castigo "por hablar mal de la revolución"

Armando Guerra Pérez. Foto: Facebook / Cubalex.

Por ICLEP

Apr 8, 2026 | 12:40 PM


Santa Clara, Cuba — 8/04/2024 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo que se registra en la fecha de la denuncia, 20 de marzo, en la prisión de Guamajal, Villa Clara, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, el preso político del 11J, Armando Guerra Pérez, fue trasladado a celda de castigo y aislamiento, como represalia por sus posicionamientos contra el régimen cubano y condición de preso por motivos políticos.

 

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente ocurrió en la prisión de Guamajal, en Villa Clara, donde el preso político Armando Guerra Pérez permanece recluido en condiciones de vulnerabilidad.

De acuerdo con la denuncia recibida por Cubalex, el recluso fue agredido por la espalda por un preso común, quien previamente lo había ofendido en reiteradas ocasiones. Durante la agresión, el atacante lo acusó, en presencia del jefe del penal Yoanny Maceo Peña, de “hablar mal de la revolución”.

Tras el altercado, las autoridades penitenciarias no garantizaron su protección, sino que procedieron a trasladarlo a una celda de castigo, donde permanece en régimen de aislamiento, sin información clara sobre el tiempo que estará sometido a estas condiciones.

La víctima presenta además una situación de salud delicada. Padece dolores crónicos como consecuencia de una operación por fractura de fémur y cadera, en la que le fue colocada una varilla metálica, lo que limita significativamente su movilidad.

A pesar de esta condición, no recibe atención médica adecuada dentro del centro penitenciario, y las autoridades se han negado a concederle una licencia extrapenal, aun cuando su estado de salud resulta incompatible con el régimen de encarcelamiento.

El caso ha sido documentado a partir de la denuncia de la organización Cubalex, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

- Uso abusivo del poder estatal

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.

En primer lugar, la Constitución de la República de Cuba reconoce en su Artículo 54 la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, derecho que se vulnera al sancionar y reprimir a ciudadanos por sus opiniones políticas. En cuanto a su situación penitenciaria, el Artículo 60 establece que el Estado debe garantizar el respeto a los derechos de las personas privadas de libertad y promover su reinserción social, obligación que se incumple al mantenerlo en aislamiento, sin protección y sin atención médica adecuada. Asimismo, el Artículo 46 reconoce el derecho a la integridad física y moral, vulnerado por la agresión sufrida y la falta de protección institucional.

Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a “investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio”.

De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, prohíbe que alguien sea molestado por sus opiniones y protege el derecho a buscar, recibir y difundir información sin consideración de fronteras.

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato del régimen de aislamiento y castigo impuesto a Armando Guerra Pérez, así como la garantía de su integridad física, acceso a atención médica adecuada y la evaluación urgente de una licencia extrapenal acorde a su estado de salud.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

- den seguimiento a este caso,

- exijan responsabilidades al Estado cubano, y

- refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

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