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Propaganda contra el orden constitucional, desacato y atentado: las acusaciones contra de Onaikel Infante Abreu

Onaikel Infante Abreu y foto de la petición fiscal

Por ICLEP

Sep 13, 2024 | 3:00 PM


El preso político Onailkel Infante Abreu recibió el pasado 10 de septiembre la petición fiscal que le pide 15 años de cárcel, documento al que tuvo acceso este viernes el Instituto Cubano para la Libertad de Expresión y prensa (ICLEP), a través de su esposa, la activista por los derechos humanos Sujay Acosta Toscano.

Según la petición fiscal, el 28 de octubre de 2023, fecha errónea porque los hechos ocurrieron el día 27 de ese mes, Onailkel Infante al subir a la azotea con carteles en contra del régimen, “decidió iniciar contra el orden social reconocidas acciones de naturaleza provocadora, en contra del gobierno de la barriada y a los que transitaban por las calles”.

Foto de la petición fiscal enviada al ICLEP por Sujay Acosta

 

El documento de la Fiscalía, que en ningún momento reconoce el derecho de Onaikel a la libre expresión, también añade que en el momento del arresto este “comenzó a realizar expresiones ofensivas contra el Presidente de la República de Cuba tales como: ‘Que se cagaba en su madre’ y que ‘los policías eran unos hijos de puta y unos singaos’, después de lo cual tomó en sus manos una botella a la que previamente le había vertido gasolina y luego de encender la misma, la lanzó desde la azotea hacia donde se encontraban los carros de patrulla y sus tripulantes”.

En el relato anterior se sustentaron las instancias jurídicas para determinar que “estos hechos son constitutivos de los delitos de propaganda contra el orden constitucional, desacato y atentado”.

Respecto a la sanción que la Fiscalía pedirá en el juicio la petición señala: “La sanción que debe imponerse al acusado Onailkel Infante Abreu, es la de ocho años de privación de libertad por el delito de propaganda contra el orden constitucional, tres años de privación de libertad por el delito de desacato de figura agravada, y ocho años de privación de libertad por el delito de desacato del tipo básico, y ocho años de privación de libertad por el delito de atentado y como sanción conjunta y única a cumplir 15 años de privación de libertad”.

Foto de la petición fiscal enviada al ICLEP por Sujay Acosta

 

Las supuestas pruebas para sustentar los cargos en contra del preso político se basan fundamentalmente en los testigos, el teniente Ernesto Dávila Gallardo, el capitán Ricardo Manuel Milián Maurico y Feliciano Jiménez Alonso que trabajan en Patrulla Provincial, Pedro Victoriano Caldevilla Santos, vecino de la sede del Poder Popular del municipio Playa y el Instructor Policial My Amelia Piña Torre, todos, por sus cargos y responsabilidades, represores del régimen cubano.

Foto de la petición fiscal enviada al ICLEP por Sujay Acosta

 

Una de las irregularidades en el caso de Onaikel Infante se evidencia justamente a través de la fecha en la que fue emitida dicha petición firmada por el fiscal MsC Enrique Núñez Grillo, 3 de julio de 2024, pues el preso político tuvo conocimiento de la misma el 10 de septiembre, más de dos meses después de haber sido elaborada.

A ello se suman las constantes agresiones físicas y hasta tortura a las que ha sido sometido el preso político en la cárcel Combinado del Este, las amenazas que ha recibido su esposa Sujay Acosta para que deje de denunciar las violaciones en su contra y también las más recientes amenazas de un jefe de sector al hijo menor de edad de la activista Lázaro Miguel Vilas Acosta.

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