logotipo ICLEP

Represión violenta contra reclusos en la prisión de Canaleta deja múltiples denuncias

Sábana en la prisión de Canaleta. Foto: Facebook / Javier Díaz.

Por ICLEP

Feb 27, 2026 | 10:30 AM


Ciego de Ávila, Cuba — 27/02/2026 - El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo ocurrido el día 18 de febrero en el Establecimiento Penitenciario Provincial de Ciego de Ávila, conocido como prisión de Canaleta, el cual constituye una violación directa al ejercicio legítimo de la libertad de expresión en Cuba.

De acuerdo con la información documentada por nuestra red de monitoreo, reclusos de la cárcel Canaleta fueron objeto de agresiones físicas, uso desproporcionado de la fuerza, represión con balas de goma y gas pimienta, así como posibles ejecuciones por medio de golpizas, como represalia por protestar contra las condiciones de reclusión y expresar consignas de libertad y demandas de respeto a sus derechos fundamentales.

 

Hechos documentados

Según la información recopilada por el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:

El incidente ocurrió en la madrugada del 18 de febrero, alrededor de las 2:00 a.m., cuando cientos de reclusos en la prisión de Canaleta iniciaron una protesta masiva dentro del penal. De acuerdo con testimonios en redes sociales, la revuelta se originó tras la muerte de un joven interno que había protestado por la falta de alimentos, fue golpeado por guardias y posteriormente apareció ahorcado en su celda en circunstancias no esclarecidas.

Tras conocerse el hecho, numerosos reclusos comenzaron a manifestarse dentro de los destacamentos, gritando consignas como “Libertad”, “Patria y Vida” y expresiones de rechazo a las autoridades. En imágenes difundidas posteriormente se observaron sábanas con mensajes de auxilio, llamados de atención a la situación dentro del penal y frases antigubernamentales.

Agentes del Ministerio del Interior, fuerzas antimotines, efectivos de la policía política y brigadas especiales ejecutaron un operativo represivo para retomar el control del centro penitenciario. Testimonios audiovisuales desde el interior del penal denunciaron el uso de balas de goma disparadas incluso dentro de las celdas, aplicación masiva de gas pimienta y golpizas contra los reclusos. Se reportó la toma violenta de varios destacamentos y la incomunicación progresiva de los internos.

Durante el transcurso del día comenzaron a circular denuncias sobre reclusos gravemente heridos, con traumatismos craneales, fracturas y lesiones provocadas por impactos de proyectiles y golpes. Asimismo, audios difundidos por organizaciones de derechos humanos la presunta salida de ambulancias y el traslado de varios cuerpos en ataúdes fuera de la prisión. Las cifras extraoficiales mencionan más de seis posibles fallecidos, lo que hasta el momento no ha podido ser confirmado de manera debido al hermetismo oficial alrededor de los acontecimientos.

Más de 24 horas después de los hechos, el Ministerio del Interior emitió una escueta nota oficial en la que calificó lo ocurrido como un “incidente” y afirmó que el orden fue restablecido “con racionalidad y determinación”, sin ofrecer información sobre personas heridas o fallecidas.

Asimismo, organizaciones de la sociedad civil han identificado al mayor Noel Morales López como jefe de la prisión de Canaleta y responsable directo de la dirección del operativo represivo desplegado tras el inicio del motín. De acuerdo con denuncias difundidas por activistas y proyectos de documentación de violaciones de derechos humanos, el oficial habría estado presente durante las acciones de control y habría participado en actos de violencia contra reclusos. Su nombre fue incorporado a bases de datos independientes que registran los represores en Cuba.

El caso ha sido documentado a partir de publicaciones y denuncias en redes sociales, audios difundidos por organizaciones como Prisoners Defenders y reportes de medios y periodistas, e incluido en nuestro sistema de monitoreo de hechos violatorios de la libertad de expresión, mediante un proceso de registro, análisis, contrastación y verificación.

*Nota metodológica

Ante la ausencia de información oficial completa y verificable sobre la identidad de las personas afectadas durante los hechos ocurridos en la prisión de Canaleta, el Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP registra este incidente bajo la categoría de reclusos de la prisión Canaleta, al no haberse podido confirmar con precisión los datos individuales de los internos que habrían sido víctimas de represión.

Las limitaciones de acceso a fuentes directas dentro del centro penitenciario, el hermetismo institucional y la falta de transparencia estatal impiden, hasta el momento, documentar de manera individualizada cada caso. En consecuencia, este registro se mantiene como un caso abierto, sujeto a actualización.

El ICLEP dará continuidad y seguimiento a esta alerta, incorporando nueva información a medida que pueda ser verificada mediante su metodología de monitoreo, contrastación y validación independiente de fuentes.

 

Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)

De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye:

  • Uso abusivo del poder estatal
  • Agresión física

y forma parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar y opinar en el espacio público cubano.

 

Marco constitucional e internacional vulnerado

El ICLEP recuerda que los hechos ocurridos en la prisión de Canaleta vulneran de manera directa disposiciones expresas de la Constitución de la República de Cuba, particularmente aquellas relativas a la libertad de expresión, la integridad personal y las garantías de las personas privadas de libertad.

En primer lugar, el Artículo 54 de la Constitución reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La represión violenta contra reclusos que expresaban inconformidades sobre sus condiciones de vida, así como la utilización de la fuerza para silenciar consignas y protestas pacíficas, resulta incompatible con este reconocimiento constitucional.

El Artículo 53 consagra el derecho de todas las personas a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna, así como a acceder a la información generada en los órganos del Estado. La omisión de información clara y completa sobre lo ocurrido en el penal, sumada a la demora oficial en pronunciarse, vulnera este derecho.

En el ámbito de la integridad personal, el Artículo 51 prohíbe expresamente la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Las denuncias sobre golpizas, uso de balas de goma dentro de celdas, aplicación indiscriminada de gas pimienta y posibles malos tratos constituyen hechos que, de confirmarse, entrarían en abierta contradicción con esta norma.

De igual forma, el Artículo 46 reconoce el derecho a la vida, la integridad física y moral y la seguridad, mientras que el Artículo 60 establece que el Estado debe garantizar el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad y el cumplimiento de las normas establecidas para su tratamiento en los establecimientos penitenciarios. La presunta existencia de fallecidos, heridos graves y el uso desproporcionado de la fuerza en el contexto del motín evidencian una posible vulneración directa de estas garantías.

En el plano internacional, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, protege el derecho a la libertad de opinión y de expresión; su Artículo 5 prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes; y su Artículo 3 reconoce el derecho a la vida y a la seguridad personal.

Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, garantiza la libertad de expresión; en su Artículo 7 prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes; y en su Artículo 10 dispone que toda persona privada de libertad debe ser tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

Los hechos denunciados en Canaleta, en tanto implican la represión de expresiones de inconformidad y el presunto uso excesivo de la fuerza contra personas bajo custodia estatal, configuran una grave contradicción entre la práctica represiva y las obligaciones constitucionales e internacionales asumidas por el Estado cubano.

 

Llamado del ICLEP

El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de estas prácticas represivas y la garantía plena del derecho de periodistas, medios comunitarios y ciudadanos cubanos a expresarse sin temor a represalias.

El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a las relatorías regionales, a gobiernos democráticos y a organizaciones de protección de libertad de expresión, para que:

  • den seguimiento a este caso,
  • exijan responsabilidades al Estado cubano, y
  • refuercen la vigilancia internacional sobre el deterioro sostenido de la libertad de expresión en Cuba.

La libertad de expresión no puede seguir siendo tratada como un delito. Documentar, informar, opinar y denunciar son derechos fundamentales, no amenazas al orden público.

 

Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP

Canales oficiales del ICLEP

Web: https://iclep.org/

Redes Sociales: https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/

https://x.com/iclep   

Email: observatorioiclep@gmail.com 

0 Comentarios

Añadir comentario
Barómetro