Camila Acosta. Foto: Facebook.
Por ICLEP
Apr 14, 2026 | 10:00 AM
La Habana, Cuba — 13 de abril de 2026. El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo acto de hostigamiento contra la periodista independiente Camila Acosta, ocurrido mientras realizaba una cobertura en vivo para CubaNet Noticias durante la peregrinación de Viernes Santo celebrada en La Habana. Según la información documentada, la reportera fue rodeada en distintos momentos por agentes de la Seguridad del Estado vestidos de civil, desplegados entre los asistentes como parte de un amplio operativo de vigilancia y control sobre una actividad religiosa de carácter público.
Los hechos documentados revelan que la presencia masiva de agentes encubiertos no estuvo dirigida únicamente a monitorear a los participantes, sino también a intimidar y condicionar el trabajo periodístico en el terreno. En el contexto de una transmisión en vivo, el cercamiento físico intermitente y la observación directa sobre Camila Acosta constituyeron una forma de presión psicológica y censura indirecta, incompatible con el ejercicio libre e independiente del periodismo.
Hechos documentados
Según el registro del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP:
La periodista independiente Camila Acosta realizaba una transmisión en vivo para CubaNet Noticias durante la peregrinación católica de Viernes Santo en La Habana, cuando documentó la presencia de numerosos agentes de la Seguridad del Estado vestidos de civil, hombres y mujeres, infiltrados entre los participantes.
De acuerdo con el testimonio publicado por la periodista, varios de estos agentes la rodearon en momentos determinados mientras desarrollaba la cobertura periodística, generando un entorno de vigilancia intimidatoria. Asimismo, observó cómo los oficiales vigilaban de cerca y rodeaban a otras personas consideradas potenciales focos de liderazgo o de expresión pública.
Camila Acosta identificó entre los agentes a un hombre vestido con camisa gris, al que una fuente confiable señaló como “Héctor” y a quien atribuye el mando del operativo. También describió a otro agente, vestido con pulóver naranja, como uno de los más activos dentro del dispositivo represivo. En la transmisión quedó registrado cómo este último expulsó de la multitud a un hombre que llamaba la atención por su comportamiento, luego de recibir una orden del presunto jefe del operativo.
Según la estimación ofrecida por la periodista, alrededor de mil personas participaron en la peregrinación, mientras que el despliegue represivo incluyó aproximadamente un centenar de policías y agentes de la Seguridad del Estado. La magnitud del operativo, su carácter visible y su inserción dentro de una actividad religiosa multitudinaria revelan un patrón de control preventivo y vigilancia masiva, incompatible con el ejercicio libre del periodismo independiente y con el derecho de la ciudadanía a participar en actividades públicas sin intimidación estatal.
Este caso ha sido incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación, análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a la metodología del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión. Conforme al criterio metodológico institucional, toda acción represiva cometida contra una periodista o trabajadora de un medio durante el ejercicio de labores informativas debe documentarse como violación a la libertad de prensa, por la condición de la víctima y por el efecto inhibidor directo sobre la labor periodística.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
El ICLEP clasifica este hecho como una violación a la libertad de prensa, correspondiente al indicador:
El caso se clasifica bajo este indicador debido a que Camila Acosta fue sometida a un entorno de vigilancia directa, cercamiento físico intermitente y presión psicológica mientras ejercía labores de cobertura periodística en un espacio público. La presencia de agentes encubiertos rodeando a la reportera durante una transmisión en vivo constituye una forma de hostigamiento estatal destinada a intimidar, condicionar y limitar el ejercicio libre del periodismo.
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a informar en Cuba, especialmente cuando la cobertura periodística se desarrolla en espacios públicos o en eventos con potencial de visibilizar concentración ciudadana, malestar social o expresiones espontáneas de disenso.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de derechos humanos.
En el plano constitucional, este caso vulnera el Artículo 54 de la Constitución de la República de Cuba, que reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. Asimismo, compromete el ejercicio de la libertad de prensa en tanto una periodista independiente fue sometida a vigilancia e intimidación mientras documentaba un hecho de interés público en el espacio público. También resulta afectado el ejercicio de la libertad religiosa y de participación en actos públicos, al tratarse de una cobertura realizada durante una peregrinación católica.
En el plano internacional, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, reconoce el derecho de toda persona a investigar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio. Del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, establece que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y protege expresamente el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas sin consideración de fronteras.
De igual forma, el Artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege el derecho de reunión pacífica, mientras que el Artículo 18 reconoce la libertad de pensamiento, conciencia y religión, incluyendo el derecho a manifestar creencias individual o colectivamente, en público o en privado.
Desde la perspectiva de los derechos conexos sistematizados por el ICLEP, este hecho vulnera además el derecho a la reunión pacífica y a la manifestación, así como el derecho a la protección de periodistas y defensores de derechos humanos, al someter a una reportera a vigilancia e intimidación mientras desarrollaba una labor informativa de interés público.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el cese inmediato de los operativos de vigilancia, hostigamiento e intimidación desplegados por la Seguridad del Estado contra periodistas independientes en Cuba, especialmente cuando estos ocurren durante coberturas en espacios públicos, religiosos o de alto interés social.
El ICLEP condena que el régimen cubano haya convertido una peregrinación católica en un escenario de control político, monitoreo encubierto y presión contra la prensa independiente. Rodear a la periodista Camila Acosta mientras realizaba una transmisión en vivo para CubaNet Noticias constituye una agresión directa contra la libertad de prensa y una advertencia represiva dirigida a todo periodista que intente documentar la realidad cubana fuera del relato oficial.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a las relatorías de libertad de expresión, a los mecanismos de Naciones Unidas, a la CIDH y a las organizaciones de protección a periodistas, para que den seguimiento a este caso, exijan al Estado cubano el cese de la vigilancia e intimidación contra periodistas independientes y refuercen la observación internacional sobre la represión ejercida en Cuba contra la prensa independiente, incluso en contextos religiosos y comunitarios.
La libertad de prensa no puede ejercerse bajo cerco, vigilancia ni amenaza. Transmitir en vivo, documentar una actividad pública y narrar lo que ocurre en el espacio público no constituye delito alguno. Reprimir a una periodista por hacerlo sí constituye una grave violación de derechos fundamentales.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
Canales oficiales del ICLEP
Web:
Redes:
https://www.facebook.com/institutocubanoiclep/
https://x.com/iclep
Email: